{"id":97601,"date":"2025-08-08T19:08:25","date_gmt":"2025-08-09T01:08:25","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=97601"},"modified":"2025-08-08T19:08:26","modified_gmt":"2025-08-09T01:08:26","slug":"reconoce-cidh-derecho-al-cuidado-y-vinculacion-del-autocuidado-a-la-salud-sexual-y-reproductiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/reconoce-cidh-derecho-al-cuidado-y-vinculacion-del-autocuidado-a-la-salud-sexual-y-reproductiva\/","title":{"rendered":"Reconoce CIDH derecho al cuidado y vinculaci\u00f3n del autocuidado a la salud sexual y reproductiva"},"content":{"rendered":"\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Corte notific\u00f3 la Opini\u00f3n Consultiva 31 sobre el contenido y alcance del derecho al cuidado<\/li>\n\n\n\n<li>Un precedente que puede transformar el panorama jur\u00eddico y social de Am\u00e9rica Latina<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Micaela M\u00e1rquez<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico. Cd. de M\u00e9xico. 8 de agosto de 2025.- La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH) reconoci\u00f3 que el cuidado es un derecho humano aut\u00f3nomo y que todas las personas tienen derecho a cuidar, a ser cuidadas y a auto cuidarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, el organismo internacional exige a los Estados garantizar el derecho al autocuidado con la prestaci\u00f3n de servicios de salud sexual y reproductiva que promuevan el acceso a informaci\u00f3n precisa y oportuna sobre salud reproductiva a todas las personas, as\u00ed como la obtenci\u00f3n del consentimiento previo, libre e informado en este \u00e1mbito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este jueves la Corte notific\u00f3 la Opini\u00f3n Consultiva 31 sobre el contenido y alcance del derecho al cuidado y su interrelaci\u00f3n con otros derechos con lo que marca un hito para el derecho internacional de los derechos humanos y para los movimientos feministas y sociales que durante d\u00e9cadas han exigido el reconocimiento del cuidado como una cuesti\u00f3n de justicia social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Destaca que este reconocimiento hist\u00f3rico se da a d\u00edas de la celebraci\u00f3n en M\u00e9xico de la XVI Conferencia Regional sobre la Mujer de Am\u00e9rica Latina y el Caribe cuyo tema principal es avanzar hacia la sociedad del cuidado y la igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Establece el precedente que puede transformar el panorama jur\u00eddico y social de Am\u00e9rica Latina, al dejar claro que el cuidado es una responsabilidad colectiva que involucra a las familias, las comunidades, las empresas, la sociedad civil y el Estado; y que la sociedad en su conjunto debe respaldar tanto a quienes cuidan como a quienes requieren cuidados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Derecho al Cuidado Aut\u00f3nomo implica que los Estados deben garantizar que las personas tengan acceso a tiempo, espacios para ejercer ese derecho en decisiones de proyectos de vida vinculadas a la salud sexual reproductiva como el embarazo, el parto y la maternidad, as\u00ed como la obtenci\u00f3n del consentimiento previo, libre e informado en este \u00e1mbito. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En particular les exige que adopten pol\u00edticas p\u00fablicas, reformas legales, educativas y laborales que promuevan la distribuci\u00f3n equitativa del cuidado, que incluya el reconocimiento al valor econ\u00f3mico del cuidado; licencias de paternidad obligatorias, pagas y que sean equiparables a las de maternidad; flexibilidad laboral para personas cuidadoras; redes comunitarias de apoyo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El m\u00e1s alto tribunal de derechos humanos precis\u00f3 que tom\u00f3 en cuenta los argumentos del Centro de Derechos Reproductivos, Ipas Latinoam\u00e9rica y el Caribe y una amplia coalici\u00f3n de organizaciones feministas y de derechos humanos.&nbsp; &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Mujeres dedican 3,2 veces m\u00e1s al cuidado que los hombres<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las mujeres realizan el 76,2 por ciento de todo el trabajo de cuidado no remunerado; es decir, que dedican 3,2, veces m\u00e1s tiempo que los hombres a las labores que sostienen la vida. Esta feminizaci\u00f3n del cuidado profundiza las desigualdades de g\u00e9nero, afecta la autonom\u00eda reproductiva y limita la igualdad de oportunidades, lo que perpet\u00faa la discriminaci\u00f3n estructural contra las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte reconoci\u00f3 que esta situaci\u00f3n se agrava cuando se entrecruzan otros factores de discriminaci\u00f3n como la edad, la raza, la etnia, la posici\u00f3n socioecon\u00f3mica, el estatus migratorio, la discapacidad y fen\u00f3menos como el embarazo adolescente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las expresiones de reconocimiento al avance hist\u00f3rico de este fallo por parte de organizaciones internacionales no se hicieron esperar como Ipas Latinoam\u00e9rica y el Caribe y el Centro de Derechos Reproductivos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>\u201cReconocemos el avance que representa que la Corte IDH declare el cuidado como un derecho humano aut\u00f3nomo y vincule el autocuidado con la salud sexual y reproductiva. Este fallo reafirma que para alcanzar la igualdad de g\u00e9nero los Estados deben garantizar que las mujeres y personas con posibilidad de gestar decidan sobre sus cuerpos y cuenten con la informaci\u00f3n y los recursos necesarios para ello. <\/em>se\u00f1al\u00f3 Marisol Escudero Mart\u00ednez, subdirectora de Incidencia en Ipas Latinoam\u00e9rica y el Caribe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Martha Tagle, pol\u00edtica feminista consultora en derechos de las mujeres destac\u00f3 que es momento que M\u00e9xico lidere con hechos y presupuesto un Sistema Nacional de Cuidados. Tambi\u00e9n preciso que para M\u00e9xico, la decisi\u00f3n implica adem\u00e1s de Impulsar pol\u00edticas para cuidados accesibles y sostenibles, concretar infraestructura (guarder\u00edas, centros de atenci\u00f3n, apoyo a personas mayores y con discapacidad).&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Le marca arroba a Citlali Hern\u00e1ndez Mora, secretaria de las Mujeres al se\u00f1alamiento de garantizar derechos laborales y sociales para quienes cuidan, especialmente mujeres e incorporar el cuidado como eje transversal en pol\u00edticas sociales y de desarrollo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Martha Tagle detalla que el proceso fue hist\u00f3rico porque Argentina solicit\u00f3 esta opini\u00f3n en enero del 2023 y se convirti\u00f3 en el segundo m\u00e1s participativo en la historia de la Corte con 129 contribuciones recibidas de organizaciones civiles, Estados y expertos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n precisa que el derecho al cuidado se reconoce como un derecho humano que incluye tres dimensiones: Proveer cuidados; recibir cuidados, y el autocuidado, y se relaciona con otros derechos como igualdad, salud, educaci\u00f3n y vivienda digna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este reconocimiento obliga a los Estados a implementar sistemas integrales de cuidado con perspectiva de g\u00e9nero, interseccionalidad, igualdad y corresponsabilidad social y estatal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Hito hist\u00f3rico<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 20 de enero de 2023, la Rep\u00fablica de Argentina present\u00f3 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de Opini\u00f3n Consultiva sobre \u201cEl contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelaci\u00f3n con otros derechos\u201d, con fundamento en el art\u00edculo 64.1 de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos y conforme a los art\u00edculos 70.1 y 70.2 del Reglamento de la Corte.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Secretar\u00eda de la Corte transmiti\u00f3 la solicitud a los Estados miembros de la OEA y a otros \u00f3rganos pertinentes, e invit\u00f3 a personas y organizaciones interesadas a presentar observaciones escritas. En total se recibieron 129 escritos provenientes de&nbsp;267 actores,&nbsp;incluyendo Estados, organismos internacionales, instituciones estatales, comunidades, organizaciones de la sociedad civil, instituciones acad\u00e9micas y personas a t\u00edtulo individual.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Concluido el procedimiento escrito, se celebr\u00f3 una audiencia p\u00fablica en la sede de la Corte interamericana de Derechos Humanos en San Jos\u00e9, Costa Rica, los d\u00edas 12, 13 y 14 de marzo de 2024. En total, comparecieron ante la Corte 67 delegaciones. La Opini\u00f3n Consultiva fue deliberada por las juezas y jueces de la Corte durante sus sesiones de abril, mayo y junio de 2025, y fue adoptada el 12 de junio de 2025. Finalmente, la Opini\u00f3n Consultiva 31 de 2025 fue notificada el&nbsp;07 de agosto&nbsp;de 2025.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SEM\/mm\/sj<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Micaela M\u00e1rquez SemM\u00e9xico. Cd. de M\u00e9xico. 8 de agosto de 2025.- La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH) reconoci\u00f3 que el cuidado es un derecho humano aut\u00f3nomo y que todas las personas tienen derecho a cuidar, a ser cuidadas y a auto cuidarse. 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