{"id":90866,"date":"2024-12-11T09:50:58","date_gmt":"2024-12-11T15:50:58","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=90866"},"modified":"2024-12-11T09:51:19","modified_gmt":"2024-12-11T15:51:19","slug":"juego-de-palabras-apreciaciones-de-la-cidh-sobre-la-reforma-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/juego-de-palabras-apreciaciones-de-la-cidh-sobre-la-reforma-judicial\/","title":{"rendered":"Juego de Palabras | Apreciaciones de la CIDH sobre la reforma judicial"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Parte I<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Yaneth Tamayo Avalos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Quer\u00e9taro, Qro., 11 de diciembre, 2024.- Uno de los mayores cuestionamientos de la reforma judicial recae, en la elecci\u00f3n popular de juzgadores, esta circunstancia ha generado un debate sobre los alcances no contemplados al implementar este mecanismo de designaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debates en los que el Poder Legislativo han reflejado, por una parte; el desconocimiento hacia los derechos humanos y los tratados internacionales a los que estamos vinculados; y por otra, la resistencia a escuchar razones y fundamentos, sobre el riesgo que representa tal reforma en el acceso de justicia, la independencia judicial y por su puesto a la democracia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Situaci\u00f3n, que ha escalado al \u00e1mbito internacional, en donde, ni siquiera las observaciones de pa\u00edses aliados y organismos como la OEA, han bastado para la adopci\u00f3n de medidas que contrarresten la crisis jur\u00eddica y pol\u00edtica ocasionada por las reformas constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Riesgo y lecciones aprendidas en otros pa\u00edses<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las decisiones de los \u00f3rganos de protecci\u00f3n del Sistema Interamericano (Corte y Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos) nos aportan algunos elementos sobre los casos sometidos a su jurisdicci\u00f3n, en donde la independencia judicial ha sido reducida por procesos de reformas judiciales, selecci\u00f3n de jueces y extinci\u00f3n de los \u00f3rganos encargados de administrar la rama judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estas experiencias comparten la complejidad de adoptar medidas como la elecci\u00f3n popular y los jueces sin rostro, pero tambi\u00e9n, sobre los riesgos a los que se han enfrentado los pa\u00edses en temas de acceso a la justicia y democracia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, el Sistema Interamericano ha sido claro en advertir que la implementaci\u00f3n del voto popular para la elecci\u00f3n de jueces, magistrados y ministros representan un riesgo en el acceso a la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En especial, por los d\u00e9ficits democr\u00e1ticos que presentan los pa\u00edses y por los niveles de corrupci\u00f3n que se incrementan cuando el poder se concentra en una sola figura pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre los principales problemas que presenta la implementaci\u00f3n del sistema de elecci\u00f3n popular, se encuentra el abstencionismo ciudadano, la nulidad de las elecciones por no cumplir con la idoneidad y la capacidad judicial y el exceso de recurso econ\u00f3mico para los comicios judiciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Situaciones que impactan de forma directa en el acceso a la justicia, ya que la falta de elecciones o la nulidad de estas, generan vacantes en los cargos de juzgadores que se extienden de forma indefinida; adem\u00e1s, el retardo en la impartici\u00f3n de justicia por falta de jueces, ocasiona que los plazos judiciales se prolonguen por m\u00e1s tiempo de lo habitual; en especial, los casos sometidos al sistema penal por violencia de g\u00e9nero y el derecho a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este retardo en los plazos judiciales, ha sido utilizado como medio para justificar las investigaciones y la prisi\u00f3n preventiva contra presos pol\u00edticos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro aspecto a considerar, es la politizaci\u00f3n de los candidatos y de los juzgadores electos, quienes en su mayor\u00eda suelen ser partidarios del grupo pol\u00edtico en el poder. Esta circunstancia, genera otra serie de dificultades para la impartici\u00f3n de justicia, ya que las decisiones judiciales se ven limitadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Primero, porque al politizar la elecci\u00f3n de los juzgadores se suelen ignorar las reglas de idoneidad y capacidad judicial, esto provoca una alta posibilidad de que las decisiones judiciales se emitan con alteraciones en la aplicaci\u00f3n en la ley, ya sea por instrucci\u00f3n o ignorancia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y segundo, porque al institucionalizar la justicia existe una mayor posibilidad de mercantilizar el sistema judicial y por ende los \u00edndices de corrupci\u00f3n tienden a elevarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estos escenarios son los que han contribuido al declive del Estado de derecho en los pa\u00edses que han adoptado este sistema judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Algunos ejemplos son Per\u00fa, Venezuela, Ecuador, Argentina y Honduras, en estos pa\u00edses se ha eliminado la independencia judicial y la separaci\u00f3n de poderes, con la finalidad de llevar a cabo golpes de Estado, dictaduras militares, abusos en el estado de excepci\u00f3n, represi\u00f3n estatal, jueces sin rostro para justificar las sanciones a presos pol\u00edticos y para realizar acuerdos entre grupos pol\u00edticos que buscan evitar y anular juicios, en especial, contra presidentes y expresidentes.*<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estos casos reflejan las consecuencias de anular la independencia judicial, la crisis por la concentraci\u00f3n de poderes y por la vulneraci\u00f3n del Estado de derecho en coyunturas pol\u00edticas espec\u00edficas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>*<\/strong><a href=\"https:\/\/www.corteidh.or.cr\/tablas\/r38231.pdf\"><strong>https:\/\/www.corteidh.or.cr\/tablas\/r38231.pdf<\/strong><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Parte I Yaneth Tamayo Avalos SemM\u00e9xico, Quer\u00e9taro, Qro., 11 de diciembre, 2024.- Uno de los mayores cuestionamientos de la reforma judicial recae, en la elecci\u00f3n popular de juzgadores, esta circunstancia ha generado un debate sobre los alcances no contemplados al implementar este mecanismo de designaci\u00f3n. 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