{"id":88358,"date":"2024-10-20T21:52:26","date_gmt":"2024-10-21T03:52:26","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=88358"},"modified":"2024-10-21T12:40:34","modified_gmt":"2024-10-21T18:40:34","slug":"urgente-llamado-al-senado-de-la-republica-para-analizar-con-expertas-y-organizaciones-de-la-sociedad-civil-la-iniciativa-relativa-a-la-igualdad-sustantiva-y-del-derecho-de-las-mujeres-a-una-vida-libre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/urgente-llamado-al-senado-de-la-republica-para-analizar-con-expertas-y-organizaciones-de-la-sociedad-civil-la-iniciativa-relativa-a-la-igualdad-sustantiva-y-del-derecho-de-las-mujeres-a-una-vida-libre\/","title":{"rendered":"Urgente llamado al Senado de la Rep\u00fablica para analizar con expertas y organizaciones de la sociedad civil la iniciativa relativa a la igualdad sustantiva y del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ciudad de M\u00e9xico, domingo 20 de octubre de 2024<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se hace un llamado de manera urgente al Senado de la Rep\u00fablica para analizar, en un di\u00e1logo abierto con expertas y organizaciones de la sociedad civil, la iniciativa presentada por la Presidenta de la Rep\u00fablica y publicada en la Gaceta del Senado el pasado 9 de octubre de 2024, con el objetivo de cumplir cabalmente con las obligaciones internacionales y nacionales en materia del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la erradicaci\u00f3n de la discriminaci\u00f3n contra las mujeres<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La iniciativa de reforma constitucional, as\u00ed como a las leyes de igualdad entre mujeres y hombres, laborales, de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, del sistema de seguridad p\u00fablica y los c\u00f3digos de procedimientos penales, civiles y familiares, se presenta como un avance respecto de las \u00f3rdenes de protecci\u00f3n, a la pol\u00edtica de cuidados, a la eliminaci\u00f3n de la brecha salarial en contra de las mujeres, a la aplicaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en la procuraci\u00f3n de justicia y a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Sin embargo, no se tocan los elementos estrat\u00e9gicos para lograrlo y s\u00ed se afectan puntos nodales de conceptualizaci\u00f3n, as\u00ed como lo concerniente a la interpretaci\u00f3n y operaci\u00f3n de estos derechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si bien se celebra el inter\u00e9s por mejorar el marco normativo en estas materias, es indispensable que las propuestas cumplan con los elementos b\u00e1sicos para que no se ponga en riesgo lo logrado hasta la fecha. Tambi\u00e9n es deseable que se tomen en cuenta las propuestas que ya se han dise\u00f1ado y difundido al respecto por expertas y el movimiento feminista.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre cada uno de los elementos incluidos en la iniciativa se tienen observaciones puntuales, sin embargo, por su gravedad e impacto en los dem\u00e1s contenidos, en este pronunciamiento nos centramos en las modificaciones a la conceptualizaci\u00f3n del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La iniciativa elimina la especificidad del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por un lado, ampli\u00e1ndolo a todas las personas y, por el otro, mezcl\u00e1ndolo con los derechos de ni\u00f1os y adolescentes. Tan s\u00f3lo en las propuestas al texto constitucional se utilizan cuatro t\u00e9rminos distintos. El Art\u00edculo 116, mantiene su especificidad para las mujeres, pero en el Art\u00edculo 73 cambia el t\u00e9rmino a violencia de g\u00e9nero; en el Art\u00edculo 4\u00ba constitucional lo presenta como un derecho general de todas las personas, pero en este mismo y en el Art\u00edculo 21 se\u00f1ala que las garant\u00edas deben ser reforzadas para mujeres, ni\u00f1os y adolescentes, y s\u00f3lo en el \u00e1mbito de la seguridad p\u00fablica. Esta \u00faltima versi\u00f3n es la que se retoma en las modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley de Acceso), relacionadas con las \u00f3rdenes de protecci\u00f3n. En lugar de hacer reformas a<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">esta Ley de Acceso y tambi\u00e9n a la Ley General de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, la iniciativa rompe la especificidad y sentido de la Ley de Acceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los debates que tuvieron lugar entre 2005 y 2012, per\u00edodo en el que se aprob\u00f3 la Ley de Acceso y las correspondientes leyes estatales con sus reglamentos, en un proceso de alianza entre mujeres de todos los partidos pol\u00edticos, de la academia y de la sociedad civil organizada, tanto a nivel federal como local, siempre encontraron como primera resistencia la oposici\u00f3n a nombrar la violencia contra las mujeres. La claridad de la obligaci\u00f3n en materia de derechos humanos para reforzar las acciones del Estado frente a esta violencia, que tiene como causa y consecuencia la discriminaci\u00f3n contra las mujeres, permiti\u00f3 remontar dichos prejuicios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A pesar de la aceptaci\u00f3n de los argumentos jur\u00eddicos, una vez aprobada esta legislaci\u00f3n, fueron presentados amparos que la consideraban inconstitucional. La propia Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n resolvi\u00f3 desde 2014 que esta especificidad no afecta el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres \u00bfPor qu\u00e9 ahora se busca presentar como avance en la protecci\u00f3n de los derechos de las mujeres una redacci\u00f3n que en realidad desmantela en su base dicha protecci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, la reforma al Art\u00edculo 4\u00ba constitucional reduce las garant\u00edas del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia s\u00f3lo al \u00e1mbito de la seguridad p\u00fablica, cuando la propia Ley de Acceso y toda la normatividad relacionada han hecho \u00e9nfasis en que la respuesta del Estado debe ser integral, de todas sus instituciones y poderes, a fin de que permita articular acciones tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como privado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se\u00f1alamos que, a partir de que se consolid\u00f3 el marco normativo para la igualdad y la no discriminaci\u00f3n, hace m\u00e1s de 15 a\u00f1os, se ha trabajado en asegurar su cabal operaci\u00f3n, acorde a las atribuciones y responsabilidades espec\u00edficas de los tres poderes del Estado en los tres \u00f3rdenes de gobierno. En ello, m\u00e1s que modificar con detalles la normatividad vigente, insistimos que las prioridades deben estar centradas en la operaci\u00f3n de la norma, por ejemplo, con la implementaci\u00f3n del Sistema de Indicadores de Progreso para la medici\u00f3n de la implementaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n de Bel\u00e9m Do Par\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estamos solicitando de manera formal a las Comisiones Unidas que van a analizar los cuatro paquetes que conforman esta iniciativa (Puntos constitucionales para la igualdad de g\u00e9nero y Estudios legislativos), para que se construya un debate con expertas y sociedad civil organizada, asegurando el tiempo que su discusi\u00f3n requiera, a fin de establecer las garant\u00edas adecuadas en l\u00ednea con los principios constitucionales para garantizar un orden social sustentado en los derechos humanos que asegure la igualdad entre mujeres y hombres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Marcela Lagarde y de los R\u00edos, Imelda Marrufo Nava, Lydia Cordero Cabrera, Aime\u00e9 Vega Montiel, Wendy Figueroa Morales, Dafne Pe\u00f1a Vera, Ana Yeli P\u00e9rez Garrido y Andrea Medina Rosas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ciudad de M\u00e9xico, domingo 20 de octubre de 2024 Se hace un llamado de manera urgente al Senado de la Rep\u00fablica para analizar, en un di\u00e1logo abierto con expertas y organizaciones de la sociedad civil, la iniciativa presentada por la Presidenta de la Rep\u00fablica y publicada en la Gaceta del Senado el pasado 9 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":88359,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[694],"tags":[],"class_list":["post-88358","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-destacadas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88358","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=88358"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88358\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/88359"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=88358"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=88358"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=88358"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}