{"id":83706,"date":"2024-07-02T09:43:08","date_gmt":"2024-07-02T15:43:08","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=83706"},"modified":"2024-07-02T09:43:55","modified_gmt":"2024-07-02T15:43:55","slug":"juego-de-palabras-la-paridad-en-los-municipios-sigue-pendiente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/juego-de-palabras-la-paridad-en-los-municipios-sigue-pendiente\/","title":{"rendered":"Juego de Palabras | La paridad en los municipios sigue pendiente"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Yaneth Tamayo Avalos<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Quer\u00e9taro, Quer\u00e9taro, 2 de julio, 2024.- Hace cinco a\u00f1os, se public\u00f3 una reforma a diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad entre g\u00e9neros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En esta, se oblig\u00f3 a diferentes autoridades a garantizar que la mitad de los cargos de decisi\u00f3n fueran para las mujeres en los tres poderes del Estado, en los tres \u00f3rdenes de gobierno, en los organismos aut\u00f3nomos, en las candidaturas de los partidos pol\u00edticos a cargos de elecci\u00f3n popular, as\u00ed como en la elecci\u00f3n de representantes ante los ayuntamientos (presidencias municipales).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De tal forma que, a partir del 7 de junio de 2019, todos los nombramientos de las personas titulares de las secretar\u00edas de despacho federales y locales debieron cumplir con el principio de paridad, situaci\u00f3n que inclu\u00eda la integraci\u00f3n total de los ayuntamientos de elecci\u00f3n popular directa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto es, los partidos debieron garantizar la paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elecci\u00f3n y en conjunto con las autoridades electorales correspondientes debieron garantizar en lo sustantivo que <strong>la integraci\u00f3n final de los ayuntamientos<\/strong> \u2212presidente o presidenta, regidur\u00edas y sindicaturas que determine la ley\u2212 <strong>fuera paritaria<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Situaci\u00f3n que, al menos en algunas entidades, no sucedi\u00f3 y que dudo se materialice en la integraci\u00f3n de las secretar\u00edas municipales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este proceso electoral, tanto las instituciones electorales como los partidos pol\u00edticos, tuvieron la oportunidad de legitimar su discurso inclusivo y paritario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, no sucedi\u00f3, pese a la incursi\u00f3n de diferentes organizaciones de la sociedad civil que, promovieron juicios contra de los institutos electorales que no incluyeron en sus lineamientos mecanismos distintos que contribuyeran al adelanto de la paridad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y esto, se vio reflejado en los resultados electorales de los ayuntamientos, en donde incluso la paridad disminuy\u00f3, un ejemplo de ello es Quer\u00e9taro, de los 18 municipios que integran a la entidad, solo en 4 gobernar\u00e1n mujeres y ser\u00e1 en territorios donde la poblaci\u00f3n y la gesti\u00f3n presupuestal es menor. *<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Tlaxcala sucedi\u00f3 lo mismo, ah\u00ed de 60 presidencias municipales, solo en 16 ganaron&nbsp; mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro ejemplo es Michoac\u00e1n, en donde ha prevalecido la baja presencia de mujeres gobernando alcald\u00edas y este proceso electoral no fue la diferencia, incluso se actualizaron nuevas formas de evadir las cuotas de g\u00e9nero, aqu\u00ed 8 presidencias municipales ser\u00e1n ocupadas por hombres que aprovechando las cuotas se autoadscribieron como mujeres transg\u00e9nero, cuando no lo son.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estos escenarios no debieron ser as\u00ed, primero; porque la ley establece una progresividad en la implementaci\u00f3n de acciones afirmativas; segundo, porque existe un mandato constitucional que establece la aplicaci\u00f3n de mecanismos necesarios para garantizar la paridad en el plano de la realidad a nivel municipal; y tercero, porque independientemente de que la paridad sea un mandato constitucional, esta en el plano de la realidad no se ha garantizado en su totalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Explico, los avances en el marco jur\u00eddico, han derivado en una igualdad num\u00e9rica a la hora de las postulaciones, sin embargo, el horizonte al que deber\u00edan dirigirse todas las acciones institucionales es la igualdad sustantiva (igualdad de hecho); en la que los n\u00fameros son un medio, pero no son el fin en s\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para lograr disminuir y eventualmente erradicar las brechas de desigualdad es indispensable cambiar las estructuras dise\u00f1adas por un esquema patriarcal que aun con m\u00e1s mujeres en el poder sigue vigente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los resultados arrojados en el proceso electoral que acaba de acontecer, nos permiten revisar en t\u00e9rminos cuantitativos y cualitativos las expresiones de las posibilidades reales que tenemos las mujeres de acceder al poder y a la representaci\u00f3n pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No solo basta con ganar elecciones gubernamentales, sino tambi\u00e9n estar presentes en los ayuntamientos, pues ah\u00ed tambi\u00e9n se generan y distribuyen programas sociales, se llevan a cabo gestiones de seguridad p\u00fablica, de servicios p\u00fablicos entre otras funciones que impactan en el desarrollo de las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero adem\u00e1s, se debe asegurar que las mujeres en cualquiera de los \u00e1mbitos de gobierno tengan acceso a las funciones p\u00fablicas en condiciones de igualdad, esto es, que las mujeres, al igual que sus pares, puedan a acceder a cargos de representaci\u00f3n popular estrat\u00e9gicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, es importante que la igualdad se materialice en todos los \u00e1mbitos de gobierno, no s\u00f3lo debe ser reconocida formalmente en las leyes y las normas, tambi\u00e9n debe ser efectiva, un hecho material y vivido por las personas diversas (igualdad real o sustantiva).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hoy, m\u00e1s que nunca, la transici\u00f3n democr\u00e1tica pone en el centro de debate la participaci\u00f3n de las mujeres. La disparidad num\u00e9rica en la totalidad de los puestos de elecci\u00f3n popular a\u00fan no alcanza el equilibrio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Puede que, en la actualidad, las mujeres sean regidoras, presidentas municipales, gobernadoras y ahora una de ellas Presidenta de la Rep\u00fablica, pero como titulares de secretar\u00edas en los gobiernos locales y como presidentas municipales siguen subrepresentadas y en el \u00faltimo de los casos siguen siendo enviadas a territorios donde la gesti\u00f3n es menor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hasta este momento la disposici\u00f3n legal solo ha quedado plasmada en la constituci\u00f3n, ya que, la falta de voluntad de quienes tienen la obligaci\u00f3n de garantizar la aplicaci\u00f3n de la norma, se ha acoplado con la pasividad y simulaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esperemos que al menos en la integraci\u00f3n de los despachos de gobierno, tanto federal, como local y municipal, se cumpla con la disposici\u00f3n legal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Yaneth Tamayo Avalos SemM\u00e9xico, Quer\u00e9taro, Quer\u00e9taro, 2 de julio, 2024.- Hace cinco a\u00f1os, se public\u00f3 una reforma a diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad entre g\u00e9neros. 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