{"id":75920,"date":"2024-01-10T13:10:34","date_gmt":"2024-01-10T19:10:34","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=75920"},"modified":"2024-01-10T13:10:34","modified_gmt":"2024-01-10T19:10:34","slug":"salarios-minimos-y-pensiones-nuevas-reformas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/salarios-minimos-y-pensiones-nuevas-reformas\/","title":{"rendered":"Salarios m\u00ednimos y pensiones: \u00bfnuevas reformas?"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Sa\u00fal Escobar Toledo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 10 de enero 2024.- El presidente L\u00f3pez Obrador, en un discurso que pronunci\u00f3 para evocar la represi\u00f3n masiva de la protesta obrera en la f\u00e1brica textil de R\u00edo Blanco ocurrida entre el 7 y el 9 de enero de 1907, anunci\u00f3 dos propuestas en materia laboral. La primera, \u201cuna iniciativa de reforma al art\u00edculo 123 de la Constituci\u00f3n para que se establezca que nunca, jam\u00e1s, va a aumentar el salario menos que la inflaci\u00f3n\u201d. La segunda, la formul\u00f3 de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cMe lo plantearon del sindicato de maestros y otros trabajadores. Vamos a revisar la contrarreforma laboral de Zedillo, la de las pensiones, y vamos a hacer una propuesta porque es completamente inhumano, injusto que un trabajador que despu\u00e9s de 30 a\u00f1os de estar laborando, cuando termina ni siquiera recibe \u2014porque as\u00ed est\u00e1 esa reforma\u2014 su salario cuando estaba en activo, sino la mitad si le va a bien, de ese salario\u2026\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ambas propuestas parecen muy plausibles. Sin embargo, el presidente no precis\u00f3 su contenido. Conviene entonces plantear una serie de asuntos para avanzar en el debate que necesariamente se tendr\u00e1 que profundizar cuando se defina el contenido de dichas reformas. &nbsp;En lo que toca al salario, debe entenderse que se refiere a los salarios m\u00ednimos y no al conjunto de ellos, incluyendo los contractuales. Ahora bien, en lo que toca a los m\u00ednimos, el texto vigente de la Constituci\u00f3n se\u00f1ala que \u201cLos salarios m\u00ednimos generales deber\u00e1n ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educaci\u00f3n obligatoria de los hijos.\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta obligaci\u00f3n constitucional a\u00fan no se ha cumplido a pesar de los considerables incrementos de los \u00faltimos a\u00f1os, incluyendo el 20 por ciento decretado para 2024. De acuerdo con los c\u00e1lculos de CONEVAL, que determinan la cuant\u00eda de la canasta b\u00e1sica alimentaria y no alimentaria, y suponiendo que laboran dos miembros de la familia compuesta por cuatro personas, todav\u00eda se requiere por lo menos un 16% m\u00e1s para cumplir con ese objetivo. Si, como se\u00f1ala la Carta Magna, s\u00f3lo aporta ingresos el \u201cjefe de familia\u201d, el esfuerzo tendr\u00eda que ser del doble, un 32% m\u00e1s de incremento a los m\u00ednimos. De esta manera, lo que se aprecia como m\u00e1s urgente y necesario es que el pr\u00f3ximo gobierno mantenga el esfuerzo y se cumpla con el mandato constitucional. Para ello, por supuesto, se tendr\u00eda que aumentar el m\u00ednimo por encima de la inflaci\u00f3n, pero de tal manera que el objetivo que se\u00f1ala nuestras Carta Magna se alcance lo m\u00e1s pronto posible.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, la Ley Federal del Trabajo se\u00f1ala, gracias a una reforma de marzo del 2021, que \u201cLa fijaci\u00f3n anual de los salarios m\u00ednimos, o la revisi\u00f3n de estos, nunca estar\u00e1 por debajo de la inflaci\u00f3n observada durante el periodo de su vigencia transcurrido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ambos textos son desde luego perfectibles, sobre todo, para que se precise la necesidad de revisar los salarios m\u00ednimos si la inflaci\u00f3n ocurrida despu\u00e9s de la fijaci\u00f3n que se realiza cada fin de a\u00f1o rebasa con mucho el aumento decretado. Es decir, que se establezca claramente los t\u00e9rminos de su revisi\u00f3n durante el a\u00f1o de su vigencia. Para ello, no se requer\u00eda una reforma constitucional, que pol\u00edticamente es m\u00e1s compleja y tardada:&nbsp; bastar\u00eda una nueva enmienda a la LFT.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, la reforma de las pensiones es un asunto de mayor envergadura. En primer lugar, se requiere precisar si dicha reforma apunta hacia los trabajadores que se rigen por la Ley del ISSSTE pues la menci\u00f3n del presidente a los \u201cmaestros\u201d pareciera involucrar a este sector. Dicha ley, hay que precisarlo, no fue iniciada por el presidente Zedillo sino por Calder\u00f3n en 2007. Adem\u00e1s, no ha sufrido ninguna enmienda. Por ello, deber\u00eda tener prioridad en el esfuerzo legislativo. Habr\u00e1 que revisar todos los art\u00edculos que establecen los requisitos para obtener una pensi\u00f3n (a\u00f1os de cotizaci\u00f3n, edad del trabajador, fecha de ingreso); y aquellos que obligan al trabajador a someterse al r\u00e9gimen de cuentas individuales, todo lo cual ha dado los malos resultados a los que aludi\u00f3 el presidente. Hay que reiterar que, a diferencia del sistema de reparto, en el de capitalizaci\u00f3n individual, el monto de la pensi\u00f3n se define por el ahorro que se logre acumular en la cuenta de cada trabajador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Conviene aclarar que la ley se\u00f1ala que, si el trabajador afiliado al ISSSTE cumple con la edad y los a\u00f1os cotizados para obtener una pensi\u00f3n de cesant\u00eda en edad avanzada y vejez, pero no tiene recursos suficientes en su cuenta individual, el gobierno federal aportar\u00e1 los montos necesarios para el pago de la pensi\u00f3n garantizada. Sin embargo, ese monto aumenta de acuerdo con el \u00edndice de precios (art\u00edculo 92 y 93) lo que ha provocado que esa pensi\u00f3n garantizada sea cada vez menor e insuficiente. Por ello, incrementar el monto de la pensi\u00f3n, para que sea superior al 50% del salario que recib\u00eda el trabajador cuando estaba activo, requerir\u00eda un aumento sustancial de los recursos aportados por el gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, el r\u00e9gimen pensionario aprobado en la administraci\u00f3n del presidente Zedillo en 1997, incluy\u00f3 solamente a los trabajadores del apartado A, asegurados en el IMSS. Adem\u00e1s, dicha ley ya fue reformada en esta administraci\u00f3n en 2021 y se pact\u00f3 un plazo para su implementaci\u00f3n entre 20223 y 2030.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cabe preguntarse entonces si el presidente propondr\u00e1 reformas a los dos sistemas o s\u00f3lo a uno de ellos. Desde luego, si incluyera a quienes cotizan en ambos, el asunto tendr\u00eda que sortear grandes dificultades: no s\u00f3lo el aumento de la pensi\u00f3n garantizada para los afiliados al ISSTE; tambi\u00e9n, en el caso de aquellos inscritos en el IMSS, otro tipo de problemas: en primer lugar, el poder de las AFOREs privadas, las cuales han concentrado una enorme cantidad de recursos, equivalentes a casi el 20% del PIB. Enseguida, justificar las causas de una nueva reforma en vista de que la anterior no ha funcionado a pesar de su corta vida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde nuestro punto de vista, la reforma de 2021 permitir\u00e1 que m\u00e1s mexicanos reciban una pensi\u00f3n a cargo de las administradoras privadas y mejorar\u00e1 el monto de esa prestaci\u00f3n ya que habr\u00e1 mayores aportaciones de los empleadores y el gobierno; tambi\u00e9n reduce las comisiones cobradas por las Afores. No obstante, a pesar de sus bondades, dicha reforma mantuvo la estructura fundamental del sistema privatizado y en el mediano plazo no resolver\u00e1 los problemas fundamentales: la reducida cuant\u00eda de las pensiones; la&nbsp; baja densidad de cotizaci\u00f3n que resulta de &nbsp;la relaci\u00f3n entre el tiempo cotizado al sistema y el tiempo total trabajado en el mercado laboral (debido a la existencia de empleos precarios y a que muchos trabajadores pasan frecuentemente de ocupaciones formales a las informales);su escasa cobertura; y las minusval\u00edas que sufre ocasionalmente el ahorro de los trabajadores por el comportamiento del mercado financiero. Adem\u00e1s, las reforma de 2021 requerir\u00e1 de mayores aportaciones del gobierno (lo cual significa en una carga adicional para el presupuesto de la federaci\u00f3n) y de los empleadores (que en unos a\u00f1os puede afectar el empleo y los salarios).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con lo anterior, el sistema de pensiones privatizado requiere una nueva y m\u00e1s profunda revisi\u00f3n, lo que deber\u00eda incluir la creaci\u00f3n de un sistema p\u00fablico de reparto solidario, tal como lo recomienda la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT). &nbsp;Este nuevo sistema puede tener diversas variantes, pero terminar\u00eda con el monopolio de las AFOREs, empresas privadas que manejan el ahorro de los trabajadores afiliados al IMSS.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presidente ha planteado asuntos muy importantes. Esperemos que el debate p\u00fablico alimente y d\u00e9 contenido a las propuestas del gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">saulescobar.blogspot.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta obligaci\u00f3n constitucional a\u00fan no se ha cumplido a pesar de los considerables incrementos de los \u00faltimos a\u00f1os, incluyendo el 20 por ciento decretado para 2024.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":75921,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[694,702],"tags":[],"class_list":["post-75920","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-destacadas","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75920","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=75920"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75920\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/75921"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=75920"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=75920"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=75920"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}