{"id":66294,"date":"2023-05-04T08:26:00","date_gmt":"2023-05-04T13:26:00","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=66294"},"modified":"2023-05-03T17:26:45","modified_gmt":"2023-05-03T22:26:45","slug":"opinion-jornada-de-trabajo-de-40-horas-y-cinco-dias-a-la-semana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/opinion-jornada-de-trabajo-de-40-horas-y-cinco-dias-a-la-semana\/","title":{"rendered":"Opini\u00f3n| Jornada de trabajo de 40 horas y cinco d\u00edas a la semana"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\"><em>Con mi solidaridad para las trabajadoras y trabajadores de Notimex y su sindicato<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Sa\u00fal Escobar Toledo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 4 de mayo del 2023.- En las \u00faltimas semanas ha resurgido la demanda de reducir la jornada laboral en M\u00e9xico y pactarlo en la ley y la Constituci\u00f3n. Este reclamo se sustenta no s\u00f3lo en las condiciones de trabajo existentes en nuestro pa\u00eds sino tambi\u00e9n en lo que ha ocurrido recientemente en dos pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina: Colombia y Chile. En el primero, en julio de 2021, se estableci\u00f3 que la jornada m\u00e1xima legal se reducir\u00e1 de 48 a 42 horas semanales, las cuales \u201cpodr\u00e1n ser distribuidas de com\u00fan acuerdo entre el empleador y la o el trabajador en 5 o 6 d\u00edas a la semana, garantizando siempre el d\u00eda de descanso\u201d. En Chile, el 11 de abril, el Congreso aprob\u00f3 reducir la jornada ordinaria de trabajo de 45 a 40 horas semanales de manera gradual, de tal manera que se reducir\u00e1 a 44 horas al primer a\u00f1o de publicada de la ley y luego a 40 hasta el quinto a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, se flexibilizan los horarios de trabajo, de tal manera que en algunos casos se podr\u00e1 trabajar 42 horas a la semana y la diferencia se compensar\u00e1 con d\u00edas de descanso adicionales. Asimismo, se permite distribuir la jornada ordinaria de 40 horas en menos de 5 d\u00edas, con \u201cla posibilidad de implementar jornadas de 4 d\u00edas de trabajo por 3 d\u00edas de descanso, con 10 horas diarias, con acuerdo de las y los trabajadores\u201d. Asimismo, se permitir\u00e1 \u201cacordar con el trabajador o la trabajadora que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta 4 semanas, con un m\u00e1ximo de 45 horas semanales\u201d. Incluso se se\u00f1ala que \u201ca trav\u00e9s de acuerdo colectivo entre empresa y sindicato se podr\u00e1 pactar una jornada semanal de hasta 52 horas bajo esta modalidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un conjunto de sindicatos chilenos ha rechazado esta parte de la ley ya que consideran que se trata de un \u201cretroceso\u201d. Afirman que \u201cse afectan gravemente los derechos de trabajadoras y trabajadores, en particular su certeza sobre la jornada laboral y el control de sus tiempos libres\u201d y se abre la puerta para que el empleador\/a se ahorre \u201cel pago de horas extras, incorporando como \u00fanica exigencia la aceptaci\u00f3n de sindicatos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En M\u00e9xico, hay por lo menos dos proyectos que buscan reducir la jornada de trabajo: el primero, que reforma el art\u00edculo 69 de la Ley Federal del Trabajo de tal manera que: \u201cPor cada cinco d\u00edas de trabajo disfrutar\u00e1 la y el trabajador de dos d\u00edas de descanso, por lo menos, con goce de salario \u00edntegro\u201d. El segundo, propone reformar el art\u00edculo 123 de la Constituci\u00f3n, tanto el apartado A como el B, para reducir la duraci\u00f3n de la jornada laboral m\u00e1xima de 8 a 7 horas; adem\u00e1s, por cada cinco d\u00edas de trabajo, disfrutar\u00e1n las y los trabajadores de dos d\u00edas de descanso, cuando menos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se ha dicho, y vale la pena insistir en ello, que M\u00e9xico se distingue por jornadas laborales excesivas. Seg\u00fan datos de la OIT, las horas semanales promedio realmente trabajadas por persona empleada en el medio urbano en 2019 eran 43.3 en nuestro caso. Lo que se compara desfavorablemente con los pa\u00edses desarrollados como Espa\u00f1a (37); Italia (36.6); Alemania (35); y Francia (30.9). Sin embargo, tambi\u00e9n con pa\u00edses latinoamericanos: Chile (37); y Colombia (42.9), antes de que tengan efectos las reformas se\u00f1aladas; Brasil (37.7) e incluso Honduras (42.9). S\u00f3lo es menor que en los casos de India (55.4); Filipinas (45.2); El Salvador (43.9); Tailandia (44.5); y Vietnam (43.7).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ahora bien, los datos son m\u00e1s ilustrativos si consideramos exclusivamente el tiempo semanal trabajado por las y los \u201coperadores de m\u00e1quinas y ensamblado\u201d es decir, obreras y obreros en su sentido m\u00e1s estricto, aquellos\/as que laboran en f\u00e1bricas. En este caso, M\u00e9xico tiene el promedio de horas m\u00e1s elevado, incluso que los pa\u00edses se\u00f1alados anteriormente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed, en nuestro pa\u00eds obreras y obreros industriales laboran 51.9 horas a la semana mientras que en Filipinas son 49.5; en El Salvador 48.7; y en Vietnam 48.1. Por supuesto, en los pa\u00edses desarrollados el tiempo es mucho m\u00e1s reducido: Alemania, 37.4; Espa\u00f1a, 40.1; Francia, 31.7; Italia, 39.1. Pero tambi\u00e9n en los pa\u00edses latinoamericanos: Brasil (41.67); Chile (42.7) y Colombia (46.7), antes de las reformas, y Honduras (49.2).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debe advertirse que esta muestra tiene fines ilustrativos y por ello se escogi\u00f3 el a\u00f1o de 2019 para evitar el sesgo producido por las pandemia y no distingue entre trabajadores\/as formales e informales; igualmente, decidimos excluir a las y los trabajadores rurales, a las mujeres y a los pa\u00edses de algunas regiones del mundo como \u00c1frica, casos en que las jornadas, en general, son menores. Se trata, hay que enfatizarlo, de horas trabajadas realmente, no las estipuladas en su legislaci\u00f3n. N\u00f3tese tambi\u00e9n que, en todos los pa\u00edses, las y los obreros trabajan m\u00e1s horas que el promedio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A pesar de estas limitaciones, que no alteran en lo fundamental el escenario, los datos revelan varias cosas: primero, que las y los trabajadores asalariados mexicanos laboran notoriamente m\u00e1s horas que en los pa\u00edses desarrollados pero tambi\u00e9n superan a la mayor\u00eda de las naciones de Am\u00e9rica Latina; segundo, que en el caso de los obreros, M\u00e9xico es uno de los pa\u00edses del mundo en el que las jornadas son m\u00e1s largas. Esto \u00faltimo es importante ya que una reducci\u00f3n de la jornada tendr\u00eda un impacto m\u00e1s fuerte en las empresas fabriles que en el sector servicios o en el agro. Lo anterior, debido a que en estos sectores las jornadas son por lo general menores que en las industrias; son muy flexibles; el cumplimiento de la ley es mucho m\u00e1s laxo; y abunda m\u00e1s el trabajo informal asalariado (no protegido por la seguridad social).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cambio, en las industrias (sector secundario), las jornadas se rigen por los ritmos de producci\u00f3n de las m\u00e1quinas; el trabajo informal es mucho menor; la posibilidad de hacer cumplir la legislaci\u00f3n es m\u00e1s viable, sobre todo en estos tiempos, gracias a la reforma laboral de 2019. Un impacto favorable de la reducci\u00f3n de la jornada en la industria tendr\u00eda mayores efectos en materia de empleo que en otros sectores de la econom\u00eda. Tambi\u00e9n, y quiz\u00e1s, esto sea lo m\u00e1s relevante, esa disminuci\u00f3n de las horas trabajadas podr\u00eda incentivar un aumento en la productividad, lo que ser\u00eda m\u00e1s realista en el sector industrial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El derecho al tiempo libre no siempre se ha considerado un objetivo deseable, incluso por parte de los sindicatos. Si bien, a principios del siglo XX, la jornada de 8 horas diarias fue una demanda generalizada de las y los trabajadores, posteriormente los sindicatos y los asalariados\/as prefirieron en muchos casos, <em>monetizar<\/em> su tiempo libre, es decir, trabajar m\u00e1s para aumentar sus ingresos (tiempo extra). Esta posici\u00f3n obedeci\u00f3 a los bajos salarios que percib\u00edan, pero tambi\u00e9n a una cultura que \u201cpenalizaba\u201d el tiempo libre. Gozar de m\u00e1s horas para el ocio, la diversi\u00f3n, la vida familiar, el deporte, el goce art\u00edstico, etc. se lleg\u00f3 a considerar un lujo propio de clases medias o burguesas. Esta actitud empez\u00f3 a cambiar en la segunda mitad del siglo pasado, particularmente en Europa. El \u201cestr\u00e9s laboral\u201d, el derecho leg\u00edtimo a disfrutar del tiempo libre para lograr una vida digna, se ha generalizado. En t\u00e9rminos coloquiales ahora se acepta (mucho m\u00e1s que antes) que se debe trabajar para vivir y no vivir para trabajar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta manera, tanto porque se ha comprobado que una reducci\u00f3n de la jornada laboral puede redundar en una mayor productividad (principalmente en el trabajo industrial), como porque las y los trabajadores no deben serlo todo el tiempo y son (somos), esencialmente, personas y s\u00f3lo una parte del tiempo laboramos para obtener una remuneraci\u00f3n, resulta plenamente leg\u00edtimo aspirar a una vida digna que incluya necesariamente tiempo libre suficiente y cada vez m\u00e1s abundante. La reducci\u00f3n del tiempo de trabajo (legalmente) a por lo menos, cuarenta horas con dos d\u00edas de descanso a la semana, debe ser apoyada resueltamente por: sindicatos, trabajadores\/as, familias, en fin, personas, que somos todos (un estudio de J. Freyssinet, relacionado con estos asuntos, puede consultarse en El Trimestre Econ\u00f3mico no. 358, disponible en <a href=\"http:\/\/www.eltrimestreeconomico.com.mx\">www.eltrimestreeconomico.com.mx<\/a> )<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">saulescobar.blogspor.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p> En las \u00faltimas semanas ha resurgido la demanda de reducir la jornada laboral en M\u00e9xico y pactarlo en la ley y la Constituci\u00f3n. <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":66295,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[82,110],"tags":[],"class_list":["post-66294","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-la-opinion","category-la-opinion-columnas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66294","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=66294"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66294\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/66295"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=66294"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=66294"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=66294"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}