{"id":6363,"date":"2018-12-14T01:23:11","date_gmt":"2018-12-14T01:23:11","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=6363"},"modified":"2023-07-21T14:34:41","modified_gmt":"2023-07-21T19:34:41","slug":"afiliacion-obligatoria-al-imss-de-las-trabajadoras-domesticas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/afiliacion-obligatoria-al-imss-de-las-trabajadoras-domesticas\/","title":{"rendered":"Afiliaci\u00f3n obligatoria al IMSS de las trabajadoras dom\u00e9sticas"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2.4 millones de esas trabajadoras en nuestro pa\u00eds no cuentan con seguridad social.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\"> Redundar\u00e1 tanto en el beneficio de la seguridad social de las trabajadoras dom\u00e9sticas como en la seguridad legal de sus patronas<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/semmexico.com\/gallery-post.php?id=6656#\">Natalia Vidales<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico. Sonora. 14 de diciembre de 2018.- Muchas mujeres que trabajan fuera de casa y que tienen contratada a una o m\u00e1s trabajadoras dom\u00e9sticas han expresado su preocupaci\u00f3n -e incluso su temor- de tener que prescindir de ellas ahora que la&nbsp;<em>Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n<\/em>&nbsp;(SCJN) dispuso la afiliaci\u00f3n obligatoria de esas empleadas (en su inmensa mayor\u00eda mujeres) al Seguro Social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El hecho de ser sujetas de esa obligaci\u00f3n en el IMSS con el pago de cuotas obrero-patronales, requerimientos y multas en caso de demora y dem\u00e1s las hace suponer mayores problemas y costos por tener trabajadoras en el hogar para su aseo, el cuidado de los ni\u00f1os y dem\u00e1s, mientras ellas salen a trabajar en otras cosas para enfrentar el costo de la vida y las necesidades familiares.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ciertamente, piensan, en el predicamento que las est\u00e1 poniendo el gobierno con esa nueva obligaci\u00f3n. Pero esa preocupaci\u00f3n es del todo imaginaria y, por el contrario, redundar\u00e1 tanto en el beneficio de la seguridad social de las trabajadoras dom\u00e9sticas como en la seguridad legal de sus patronas. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hasta hoy, muchas de&nbsp; las 2.4 millones de esas trabajadoras en nuestro pa\u00eds no cuentan con seguridad &nbsp;social y al enfermarse o incapacitarse es la patrona la que tiene legalmente, conforme a la Ley Federal del Trabajo, LFT, &nbsp;(art\u00edculo 331 y siguientes) &nbsp;la obligaci\u00f3n de sufragar esos gastos, y que en un momento dado pueden resultar costos\u00edsimos&nbsp; y con el riesgo de una demanda laboral millonaria.&nbsp; &nbsp;Para evitarlo muchas patronas las inscriben en el &nbsp;<em>Seguro Popular<\/em>&nbsp;(pr\u00e1cticamente gratuito), que ya es una ayuda. Y quienes tienen negocios las inscriben en el IMSS como trabajadoras en sus empresas aunque en realidad trabajen en sus casas, en una tambi\u00e9n riesgosa simulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo anterior, porque el art\u00edculo 13 de la Ley del Seguro Social (que la Suprema Corte declar\u00f3 ahora discriminatorio) solo permit\u00eda la afiliaci\u00f3n voluntaria de las trabajadoras dom\u00e9sticas con un costo de casi 5 mil pesos anuales pero solo para recibir atenci\u00f3n m\u00e9dica (sin pago por incapacidad laboral, sin guarder\u00eda, ni pensi\u00f3n, ni dem\u00e1s prestaciones).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ejecutoria de la Corte, por otra parte, no tendr\u00e1 efectos inmediatos: le da al IMSS 18 meses para que implemente un&nbsp; plan piloto de atenci\u00f3n a esas empleadas, &nbsp;y para que le solicite al&nbsp;<em>Congreso de<\/em>&nbsp;<em>la Uni\u00f3n<\/em>la ley procedente, as\u00ed como un plazo de hasta tres a\u00f1os para la cobertura total de las nuevas derechohabientes (pero lo que ya se anticipa es que las cuotas ser\u00e1n m\u00f3dicas, &nbsp;y que se desglosar\u00e1n los casos de jornadas de medio tiempo y de d\u00edas de trabajo salteados, as\u00ed como los casos de&nbsp; divisi\u00f3n de las cuotas entre aquellas que tengan dos o m\u00e1s patronas, lo cual es com\u00fan en esos empleos). En los casos de empleadas de planta la LFT considera una parte del salario en especie (por los alimentos, el alojamiento y dem\u00e1s que reciben), y&nbsp; que se descontar\u00e1n de las cuotas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ep\u00edlogo: en una ocasi\u00f3n el Lic. Francisco Ross G\u00e1mez (rip) toda una instituci\u00f3n en&nbsp; materia laboral lleg\u00f3 a la COPARMEX a dar una conferencia y llevaba bajo el brazo un ejemplar de la LFT, empastado en color rojo. Algunos asistentes al verlo pasar hicieron la se\u00f1al de la cruz en contra del librito por temerlo comunistoide.&nbsp; Al notarlo, Ross G\u00e1mez inici\u00f3 su discurso dici\u00e9ndoles&nbsp; a los patrones que en realidad esa ley los serv\u00eda &nbsp;a ellos&nbsp; por&nbsp; exageradamente protectora de los trabajadores, asemej\u00e1ndose &nbsp;a una madre que de tanto cobijar a su beb\u00e9 terminaba por asfixiarlo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>2.4 millones de esas trabajadoras en nuestro pa\u00eds no cuentan con seguridad social. Redundar\u00e1 tanto en el beneficio de la seguridad social de las trabajadoras dom\u00e9sticas como en la seguridad legal de sus patronas Natalia Vidales SemM\u00e9xico. 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