{"id":61964,"date":"2023-01-26T16:59:00","date_gmt":"2023-01-26T22:59:00","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=61964"},"modified":"2023-01-26T16:59:02","modified_gmt":"2023-01-26T22:59:02","slug":"en-riesgo-la-paridad-de-las-candidaturas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/en-riesgo-la-paridad-de-las-candidaturas\/","title":{"rendered":"<strong>En riesgo la paridad de las candidaturas<\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Queda a discreci\u00f3n de cada partido definir c\u00f3mo otorgar 50 por ciento de las candidaturas para las mujeres<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Sonia del Valle<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 26 de enero del 2023.- La reforma electoral o el llamado Plan B, le otorga facultades a los partidos pol\u00edticos para que sean estos quienes de acuerdo con sus propios criterios establezcan la forma c\u00f3mo otorgar\u00e1n el 50 por ciento de candidaturas para las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEl art\u00edculo 11 Bis, de la propuesta de reforma legal, si bien recupera el principio constitucional de paridad, lo aten\u00faa, o claramente desdibuja, al momento que sujeta la habilitaci\u00f3n de este principio al principio de autodeterminaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos, cuando se\u00f1ala: \u2018En el caso de titulares de \u00f3rganos ejecutivos de las entidades federativas, los partidos y coaliciones, en ejercicio de su autodeterminaci\u00f3n, garantizar\u00e1n que el cincuenta por ciento de sus postulaciones correspondan a cada g\u00e9nero\u2019\u201d, se\u00f1ala el informe del INE sobre el Plan B de la reforma electoral del ejecutivo federal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con el INE, el numeral 2, del mismo art\u00edculo propuesto en el Plan B, tambi\u00e9n se\u00f1ala que: \u201cLas autoridades electorales s\u00f3lo podr\u00e1n intervenir en los asuntos internos de los partidos pol\u00edticos para efecto de reposici\u00f3n de procedimientos por violaciones a su normativa interna o a derechos de la ciudadan\u00eda. En ning\u00fan caso podr\u00e1n resolver nombrando dirigentes y candidatos o determinando cualquier acto que interfiera en forma directa en las decisiones de la vida interna de los partidos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Indica que con lo dispuesto en el art\u00edculo 11 Bis de la propuesta de reforma se genera una norma asist\u00e9mica que rompe con lo dispuesto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en otras normas previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Pol\u00edticos, las cuales, a pesar de la actual propuesta de reforma legal quedaron intocadas, as\u00ed como con los principios de progresividad, certeza o autonom\u00eda previstos constitucionalmente y en tratados internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cTras la lectura de la reforma, queda de manifiesto que permanece el mandato gen\u00e9rico de paridad, pero se desactiva -por medio de v\u00e1lvulas de escape- su eficacia, lo que vulnera el principio de progresividad y el principio mismo de paridad que, como ya se relat\u00f3 antes, rompe con la l\u00f3gica de la reforma constitucional de 2019 (paridad en todo) y con la reforma legal en materia de violencia pol\u00edtica (13 de abril de 2020), en la medida que introduce un elemento asistem\u00e1tico -que la paridad est\u00e9 condicionada por el principio de autodeterminaci\u00f3n de los partidos- y no por reglas que ampl\u00eden o perfeccionen el derecho y permitan el fortalecimiento del r\u00e9gimen pol\u00edtico de paridad trazado con las reforma en materia de paridad y combate a la VPG (violencia pol\u00edtica de genero) en 2019 y 2020, y con las decisiones que aprob\u00f3 el INE durante el PEF 2020-2021, para ajustarse a esas nuevas reglas, que establecieron un techo muy alto en materia de paridad que, de no mantenerse en esa l\u00f3gica de continuidad, marcar\u00edan un grave retroceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cA esto se suma el hecho de que el dise\u00f1o del art\u00edculo 11 Bis est\u00e1 limitado por un elemento de car\u00e1cter temporal que condiciona su cumplimiento al se\u00f1alar que: \u201c(los partidos pol\u00edticos) garantizar\u00e1n que el cincuenta por ciento de sus postulaciones correspondan a cada g\u00e9nero, considerando el ciclo completo de renovaci\u00f3n de las gubernaturas y jefatura de gobierno de las 32 entidades federativas, de manera que en el ciclo correspondiente, al menos, 16 postulaciones sean para mujeres\u201d, cuesti\u00f3n que, en los hechos, no ser\u00e1 verificable puesto que las 32 gubernaturas se rigen por periodos diversos de elecci\u00f3n y conclusi\u00f3n del cargo que hacen inviable &nbsp;que un solo proceso electoral se renueven la totalidad de ella, a\u00fan frente al mandato &nbsp;de concurrencia para la celebraci\u00f3n de elecciones federales y locales\u201d, expresa el informe del INE que fue presentado en la sesi\u00f3n del mi\u00e9rcoles 25 de enero del Consejo General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, se\u00f1ala, otro de los aspectos m\u00e1s graves de \u201cesta asistematicidad\u201d legal es el hecho de que, con la propuesta de reforma, se impide que las autoridades electorales -INE y OPL- cancelen candidaturas cuando los partidos no cumplan con el principio de paridad, lo que no s\u00f3lo viola directamente el principio de progresividad, certeza y no discriminaci\u00f3n, sino que anula el ejercicio de una atribuci\u00f3n del INE e introduce un elemento disfuncional al sistema: la imposibilidad de que la autoridad aplique sanciones, aspecto que es elemento de cierre de todo sistema jur\u00eddico y garante ulterior de su eficacia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SEM\/MG<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma electoral o el llamado Plan B, le otorga facultades a los partidos pol\u00edticos para que sean estos quienes de 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mujeres.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":61965,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":["post-61964","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-ejecutivo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/61964","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=61964"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/61964\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/61965"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=61964"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=61964"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=61964"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}