{"id":5480,"date":"2017-10-10T00:48:31","date_gmt":"2017-10-10T00:48:31","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=5480"},"modified":"2023-07-21T14:25:13","modified_gmt":"2023-07-21T19:25:13","slug":"personal-medico-y-de-enfermeria-del-sistema-nacional-de-salud-podra-negarse-a-practicar-procedimientos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/personal-medico-y-de-enfermeria-del-sistema-nacional-de-salud-podra-negarse-a-practicar-procedimientos\/","title":{"rendered":"Personal m\u00e9dico y de enfermer\u00eda del Sistema Nacional de Salud podr\u00e1 negarse a practicar procedimientos"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.semmexico.com\/gallery-post.php?id=3153#\">Alicia Mendoza<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 10 octubre 2017.- El Pleno de la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 adicionar el art\u00edculo 10 Bis a la Ley General de Salud, para establecer que el personal m\u00e9dico y de enfermer\u00eda, que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podr\u00e1 ejercer la objeci\u00f3n de conciencia y excusarse de participar en la prestaci\u00f3n de servicios que establece dicha ley.<br><br>En la sesi\u00f3n de hoy, la Comisi\u00f3n de Salud present\u00f3 una modificaci\u00f3n al dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria, la cual fue aprobada por el Pleno.<br><br>Esta modificaci\u00f3n se hizo al segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo adicionado, en el cual se aclara que: \u201cel personal m\u00e9dico y de enfermer\u00eda que forme parte del Sistema Nacional de Salud podr\u00e1 ejercer la objeci\u00f3n de conciencia y excusarse de participar en la prestaci\u00f3n de servicios que establece esta ley. Cuando se ponga en riesgo la vida del o la paciente, o se trate de una urgencia m\u00e9dica, no podr\u00e1 invocarse la objeci\u00f3n de conciencia. El ejercicio de la objeci\u00f3n de conciencia no derivar\u00e1 en ning\u00fan tipo de discriminaci\u00f3n laboral\u201d.<br><br>As\u00ed, el dictamen, que fue turnado al Senado de la Rep\u00fablica para su an\u00e1lisis y eventual ratificaci\u00f3n, establece que los y las profesionales, t\u00e9cnicos, auxiliares y prestadores de servicio social que formen parte del Sistema Nacional de Salud podr\u00e1n hacer valer la objeci\u00f3n de conciencia y excusarse de participar y\/o cooperar en todos aquellos programas, actividades, pr\u00e1cticas, tratamientos, m\u00e9todos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia.<br><br>De acuerdo con las modificaciones, la Secretar\u00eda de Salud emitir\u00e1 las disposiciones y lineamientos para manifestar la objeci\u00f3n de conciencia, y tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de contar con personal no objetor que reciba y atienda a las y los pacientes cuando se haga efectiva esta facultad.<br><br>El dictamen avalado por el Pleno en lo general con 313 votos a favor, 105 en contra y 26 abstenciones, surgi\u00f3 de una iniciativa que la diputada Norma Edith Mart\u00ednez Guzm\u00e1n, del Partido Encuentro Social (PES), present\u00f3 el 4 de noviembre de 2015.<br><br>Posteriormente se aprob\u00f3 la reserva de la diputada Cecilia Soto Gonz\u00e1lez, del grupo parlamentario del PRD, la cual aclara que se incurrir\u00e1 en causal de responsabilidad profesional cuando se invoque la objeci\u00f3n de conciencia en casos en que se ponga en riesgo la vida de pacientes o se trate de una urgencia m\u00e9dica.<br><br>De esta manera, el dictamen fue aprobado en lo particular por 367 votos a favor, 34 en contra y 28 abstenciones.<br><br>Durante la discusi\u00f3n del dictamen, diputadas y diputados de los grupos parlamentarios del PES, PVEM, PAN y PRI apoyaron la reforma.<br><br>Mientras que legisladoras y legisladores de NA, Morena, PRD y MC sostuvieron que la objeci\u00f3n de conciencia pone en riesgo la atenci\u00f3n m\u00e9dica de poblaciones enteras que pueden ser discriminadas o a quienes se les puede negar un derecho b\u00e1sico.<br><br>Por su parte, la diputada Candelaria Ochoa \u00c1valos, del Movimiento Ciudadano, al recordar que la responsabilidad del Estado es procurar el m\u00e1s alto nivel posible de salud en la poblaci\u00f3n, tambi\u00e9n reivindic\u00f3 el Estado laico: \u201clas y los servidores p\u00fablicos tienen, con base en el art\u00edculo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la obligaci\u00f3n de actuar y ejercer sus actividades en funci\u00f3n de ello. Y un principio es la laicidad.\u201d<br><br>En su turno, la diputada Hortensia Arag\u00f3n Castillo, del PRD, afirm\u00f3 que con dicho art\u00edculo se vulnera el derecho a la interrupci\u00f3n legal del embarazo, puntualizando que, adem\u00e1s, se vulnera el derecho a la atenci\u00f3n m\u00e9dica; \u201cque la Secretar\u00eda de Salud nos diga si va a tener en todos los casos no objetores de conciencia; para m\u00ed queda claro que s\u00ed se pone en riesgo la vida y la salud de muchos y muchas en este pa\u00eds\u201d, cuestion\u00f3.<br><br>La diputada Cecilia Soto destac\u00f3 que el dictamen no atiende ning\u00fan problema en el pa\u00eds ya que no existen casos donde se haya negado la prerrogativa a la objeci\u00f3n de conciencia a personal m\u00e9dico. Por el contrario, puntualiz\u00f3 que con esta reforma se abre \u201cla puerta a que criterios religiosos normen la pol\u00edtica de salud p\u00fablica en un pa\u00eds laico\u201d.<br><br>Record\u00f3 que en M\u00e9xico a mujeres y ni\u00f1as, con el argumento de la objeci\u00f3n de conciencia, se les ha negado el derecho a interrumpir un embarazo en casos de violaci\u00f3n, aunque agreg\u00f3 que no es un tema solamente de salud reproductiva de las mujeres, sino que es un tema amplio que vulnera los derechos humanos de toda la poblaci\u00f3n, \u201catiende al problema de la transfusi\u00f3n sangu\u00ednea, al trasplante de \u00f3rganos, a la investigaci\u00f3n con c\u00e9lulas madre\u201d, detall\u00f3.<br><br>De igual forma, la diputada Mariana Trejo Flores, de Morena, afirm\u00f3 que el dictamen reconoce que en ninguna de las normas internacionales que M\u00e9xico ha firmado y ratificado se encuentra establecido el derecho a la objeci\u00f3n de conciencia, y que adem\u00e1s \u201creconoce que en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica no existe precepto expreso que proteja el derecho a la objeci\u00f3n de conciencia, por el contrario, se ha considerado que las convicciones religiosas no pueden ser motivo para incumplir leyes\u201d.<br><br>A trav\u00e9s de sus redes sociales, feministas, asociaciones, organizaciones y grupos de defensa de derechos humanos argumentaron su rechazo a la aprobaci\u00f3n de este dictamen por implicar violaciones a los derechos humanos, especialmente de las mujeres, como lo se\u00f1al\u00f3 el Instituto Simone de Beauvoir \u201cinadmisible que @Mx_Diputados apruebe dictamen sobre objeci\u00f3n de conciencia que vulnera derechos reproductivos de mujeres #SaludSinObjeci\u00f3n\u201d.<br><br>SEM\/am\/lr<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Alicia Mendoza SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 10 octubre 2017.- El Pleno de la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 adicionar el art\u00edculo 10 Bis a la Ley General de Salud, para establecer que el personal m\u00e9dico y de enfermer\u00eda, que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podr\u00e1 ejercer la objeci\u00f3n de conciencia y excusarse de participar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":5481,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[687,50],"tags":[],"class_list":["post-5480","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-687","category-congreso"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5480","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5480"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5480\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5481"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5480"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5480"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5480"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}