{"id":52603,"date":"2022-07-04T08:34:55","date_gmt":"2022-07-04T14:34:55","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=52603"},"modified":"2023-07-21T19:08:03","modified_gmt":"2023-07-22T00:08:03","slug":"miradas-de-reportero-por-asesinatos-de-periodistas-la-presidencia-rebasa-a-la-fgr-y-dos-leyes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/miradas-de-reportero-por-asesinatos-de-periodistas-la-presidencia-rebasa-a-la-fgr-y-dos-leyes\/","title":{"rendered":"Miradas de reportero| Por asesinatos de periodistas, la Presidencia rebasa a la FGR y dos leyes"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Rogelio Hern\u00e1ndez L\u00f3pez<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 04 de julio del 2022.- No me reprendi\u00f3 el doctor Mois\u00e9s Moreno Hern\u00e1ndez (Presidente de la Secci\u00f3n de Derecho Penal de la Academia Mexicana de Ciencias Penales) cuando le dije que era <strong>alegal<\/strong> la decisi\u00f3n presidencial, desde enero de 2022, para que se formaran grupos interdisciplinarios de seguridad p\u00fablica para investigar asesinatos de periodistas en diversas entidades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>&#8212; Las investigaciones, las detenciones y consignaciones que han logrado esos grupos son muchas y en muy poco tiempo, como no ocurr\u00eda antes. <\/em>\u2013 afirm\u00e9 un tanto gustoso aquella ma\u00f1ana del 16 de junio &#8212;<em> Eso es procurar justicia para mis colegas y debiera hacerlo siempre la ineficaz Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica <\/em>(FGR<em>), aunque sea <strong>alegal<\/strong><\/em>\u2014reiter\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero estaba muy equivocado. El presidente si tiene facultades legales para ordenar la integraci\u00f3n de esos grupos mixtos de investigaci\u00f3n por la Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad P\u00fablica. Y por eso repiti\u00f3 esa orden este 29 de junio tras el asesinato del periodista de Chihuahua Antonio de la y adem\u00e1s esta vez s\u00ed logr\u00f3 que se involucrara la FGR.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El abogado y el colega Fred \u00c1lvarez me citaron para invitarme a ser ponente con el tema:&nbsp; el derecho penal y los agravios a periodistas dentro del <em>Seminario Internacional de Derecho Penal sobre:<\/em> <em>\u201cAbuso y l\u00edmites del poder penal en Estados democr\u00e1ticos de Derecho (con especial referencia a M\u00e9xico)\u201d.<\/em> En caso de que mantengan la invitaci\u00f3n les ofrecer\u00e9 disculpas por la ignorancia<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero, en todo caso, documentar\u00e9 que la sucesi\u00f3n de acciones u omisiones oficiales recientes, relacionadas con los cr\u00edmenes contra periodistas en 2022, indican que son, al menos dos leyes las que tienen que actualizarse:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8212; El C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales para que los delitos contra periodistas sean considerados <strong>graves<\/strong> para obligar a la FGR a que atraiga todos estos casos (en este a\u00f1o de 12 asesinatos solo ha atra\u00eddo 4) y as\u00ed la Presidencia no tenga que hacerle la chamba y rebasarla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&#8212; Ajustar la definici\u00f3n de periodista en la actual Ley (federal) de Protecci\u00f3n a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas y en la ley general que se prepara, porque su amplitud y ambig\u00fcedad obliga te\u00f3ricamente a proteger a toda persona usuaria de la libertad de expresi\u00f3n, pero, en los hechos, las fiscal\u00edas solamente deciden perseguir esos delitos cuando suponen que las v\u00edctimas no estaban ejerciendo el periodismo en el momento de la agresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Si hay derecho para estos grupos<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Primera correcci\u00f3n<\/strong>. El 27 de mayo de 2019 se promulg\u00f3 la Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad P\u00fablica, que en el segundo p\u00e1rrafo de su art\u00edculo 4 autoriza al gobierno federal a conducir ese sistema para \u201c<em>La coordinaci\u00f3n, en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la Federaci\u00f3n, las entidades federativas y los Municipios\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y en \u00edndice X del art\u00edculo 7 de esta ley general se establece que deber\u00e1n coordinarse para <em>\u201cRealizar acciones y operativos conjuntos las Instituciones de Seguridad P\u00fablica de la Federaci\u00f3n, las entidades federativas y los Municipios.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa es la base legal para la formaci\u00f3n de los grupos especiales de alto nivel y eventuales que la federaci\u00f3n form\u00f3 desde el 12 de enero cuando ocurri\u00f3 en Veracruz el asesinato de Jos\u00e9 Luis Gamboa Arenas, al igual que los equipos compuestos para acudir a Baja California por los cr\u00edmenes contra Margarito Mart\u00ednez Esquivel el 17 de enero y el de Lourdes Maldonado L\u00f3pez, el 23 de enero y as\u00ed en doce casos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cada ocasi\u00f3n, tanto Rosa Icela Rodr\u00edguez la Secretaria de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana (SSPC) como el subsecretario Ricardo Mej\u00eda Berdeja informaron tener instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica para, en cada caso se integrasen grupos interdisciplinarios con representantes de esa secretar\u00eda, del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), de la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional (Sedena) de la Secretar\u00eda de Marina (Semar), de la Guardia Nacional (GN), de la Coordinaci\u00f3n Nacional Antisecuestros (CONASE), de las secretar\u00edas de seguridad y fiscal\u00edas estatales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En las doce intervenciones de estos grupos especiales resalta la ausencia de la Fiscal\u00eda Especial para Delitos contra la Libertad de Expresi\u00f3n de la FGR en ocho casos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Baj\u00f3 el \u00edndice de impunidad<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con motivo del crimen contra Antonio de la Cruz en Tamaulipas, durante la conferencia de prensa presidencial del 30 de junio de 2022 el subsecretario Ricardo Mej\u00eda Berdeja inform\u00f3 los r\u00e1pidos avances logrados por los grupos federales interdisciplinarios en 10 de los 12 asesinatos de periodistas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDe diez casos \u2013asegur\u00f3&#8211; hay 26 detenidos o buscados con \u00f3rdenes de aprehensi\u00f3n; 19 de los detenidos ya est\u00e1n vinculados a proceso penal, bien como autores materiales copart\u00edcipes o autores intelectuales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDe Jos\u00e9 Luis Gamboa (asesinado el 12 de Enero) hay un detenido ya vinculado a proceso y est\u00e1 pendiente ejecutar otra orden de aprehensi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDel caso de Margarito Esquivel (enero 17) hay tres detenidos vinculados a proceso y siguen las investigaciones complementarias como los juicios,<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEn el caso de Mar\u00eda de Lourdes Maldonado (enero 23) tambi\u00e9n tres presos y vinculados a proceso. Igual siguen las investigaciones y los juicios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEn el caso de Heber L\u00f3pez (Febrero 10) en Oaxaca, dos detenidos y vinculados a proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEn el caso de Juan Carlos Mu\u00f1iz, en Fresnillo (4 de marzo) Hay un detenido y vinculado a proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDel caso de Armando Linares, en Zit\u00e1cuaro (marzo 15) est\u00e1n identificados y con \u00f3rdenes de aprehensi\u00f3n los presuntos autores materiales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEl caso de Luis Enrique Ram\u00edrez, en Culiac\u00e1n (mayo 5), tambi\u00e9n hay ordenes de aprehensi\u00f3n y despliegue de b\u00fasqueda contra los autores materiales ya identificados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDe las periodistas de Cosoleacaque, Yessenia y Sheila, (mayo 10) ya hay cinco detenidos.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El subsecretario inform\u00f3 tambi\u00e9n que hab\u00edan descartado incorporar a los informes de periodistas asesinados a dos personas porque, seg\u00fan \u00e9l, no lo eran:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cA Roberto Toledo de Zit\u00e1cuaro, porque era abogado y eventualmente hac\u00eda comentarios en un programa de radio\u201d y a Jorge Camero, de Empalme, porque hab\u00eda sido secretario particular del alcalde\u201d, aunque hab\u00eda reactivado su sitio web con informaci\u00f3n period\u00edstica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa decisi\u00f3n de quitar su car\u00e1cter de periodistas, porque en el momento del agravio no ejerc\u00edan, es contraria a la ley federal de protecci\u00f3n que define como periodista a todo usuario de la libertad de expresi\u00f3n. Ambos cumpl\u00edan con la definici\u00f3n de esa ley.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Limitaciones legales de la FGR<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Segunda Correcci\u00f3n<\/strong>. La Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica (FGR) y su fiscal\u00eda especializada en delitos contra la Libertad de Expresi\u00f3n (FEADLE) cuentan con una base extraordinaria para perseguir delitos contra periodistas, pero su apat\u00eda tambi\u00e9n se explica en que tiene dos severas limitaciones legales.<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><a href=\"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-content\/uploads\/2022\/07\/GRAFICA.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"675\" height=\"377\" src=\"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-content\/uploads\/2022\/07\/GRAFICA.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-52605\"\/><\/a><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por a\u00f1os, todos los organismos nacionales e internacionales defensores de la libertad de expresi\u00f3n han acusado de ineficacia a la FGR y han requerido que atraiga todos los casos de periodistas. Pero de los 12 ocurridos en 2022 s\u00f3lo ha participado en 4 investigaciones. Pero es peor cuando se revisan los informes oficiales de la FEADLE.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En los cuatro a\u00f1os de este sexenio apenas tiene registrados siete asesinatos de periodistas y otras tantas atracciones (Ver cuadro). En contraste, la Subsecretar\u00eda de Derechos Humanos de la Segob registra 59 cr\u00edmenes desde enero de 2019 a la fecha.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ese registro y decisiones tan bajas en la FGR-FEADLE es porque solo siete victimas cumplen con el criterio de que \u201cderivan de la actividad period\u00edstica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La base extraordinaria para perseguir delitos contra periodistas se encuentra en el art\u00edculo 21 de la Ley Org\u00e1nica de la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica que le concede <em>\u201cla facultad de atracci\u00f3n de los delitos del fuero com\u00fan cometidos contra alg\u00fan periodista, persona o instalaci\u00f3n, que dolosamente afecten, limiten o menoscaben el derecho a la informaci\u00f3n o las libertades de expresi\u00f3n o imprenta\u2026<\/em>\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero all\u00ed mismo tiene la limitante que deriva en apat\u00eda, porque solo <em>\u201cpodr\u00e1 ejercer la facultad de atracci\u00f3n para conocerlos y perseguirlos (estos delitos) \u2026cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>a) Que el sujeto pasivo del delito ejerza la labor period\u00edstica, entendi\u00e9ndose \u00e9sta como la que lleve a cabo una persona f\u00edsica o moral que se dedique a trav\u00e9s de un medio de comunicaci\u00f3n a tareas de informaci\u00f3n o de creaci\u00f3n de opini\u00f3n<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>b) Que el delito de que se trate se haya cometido en raz\u00f3n del ejercicio del derecho a la informaci\u00f3n o de libertad de prensa o con motivo de cualquiera de \u00e9stos, en agravio de las personas referidas en la fracci\u00f3n anterior;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>c) Que dicho il\u00edcito sea de competencia federal o del orden com\u00fan, cuando sean conductas conexas con delitos federales.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>III. Se trate de delitos graves as\u00ed calificados por este C\u00f3digo y legislaci\u00f3n aplicable para prisi\u00f3n preventiva oficiosa;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En ese entorno, lo que habr\u00eda que agregar en el C\u00f3digo Penal Federal, en el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales y en la Ley Org\u00e1nica de la FGR la consideraci\u00f3n de que sean <strong>delitos graves<\/strong> los <em>\u201ccometidos<\/em> (por cualquier persona f\u00edsica, moral o servidores p\u00fablicos) <em>contra alg\u00fan periodista, persona o instalaci\u00f3n, que dolosamente afecten, limiten o menoscaben el derecho a la informaci\u00f3n o las libertades de expresi\u00f3n o imprenta\u2026\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de Antonio de la Cruz, en Chihuahua la FGR decidi\u00f3 intervenir, por medio de sus fiscal\u00edas de Derechos Humanos y de Delitos contra la Libertad de Expresi\u00f3n porque se presum\u00eda que el periodista hab\u00eda sido cr\u00edtico del gobierno estatal y gobiernos municipales. Y no se sabe cu\u00e1les fueron sus criterios para intervenir en otros 3 asesinatos de 2022, los de Heber L\u00f3pez, Freddy L\u00f3pez Ar\u00e9valo y Lourdes Maldonado.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Precisar la definici\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la pr\u00e1ctica, las autoridades federales de seguridad, la fiscal\u00eda general, las fiscal\u00edas estatales y hasta los organismos civiles a la hora de identificar agravios contra periodistas discriminan a quienes, a su juicio, no realizan actividades period\u00edsticas en el momento del agravio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Eso contradice la definici\u00f3n de periodista que han validado organismos internacionales, la ley federal de protecci\u00f3n y hasta la Suprema Corte de Justicia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por eso deber\u00eda ajustarse esa definici\u00f3n con m\u00e1s precisiones en todas las leyes para enfocar bien a los sujetos de protecci\u00f3n, como son los profesionales del periodismo sin desestimar a otros usuarios de la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un avance hacia una definici\u00f3n m\u00e1s precisa, no refutado por la Corte federal, se dio el 8 de junio de 2020 cuando el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n public\u00f3 la Ley del Secreto Profesional y Cl\u00e1usula de Conciencia para el Ejercicio Period\u00edstico de la Ciudad de M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">All\u00ed se reconoce a las y los periodistas como profesionales de una actividad de inter\u00e9s social y los separa conceptualmente de las empresas y de los colaboradores period\u00edsticos (art\u00edculo 1, fracciones III y IV). Esta es su definici\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>IV. Persona periodista: toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresi\u00f3n y\/o informaci\u00f3n su actividad, <strong>de manera permanente. Las personas f\u00edsicas<\/strong>, cuyo trabajo consiste en buscar, recibir, recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer informaci\u00f3n a trav\u00e9s de cualquier medio de difusi\u00f3n y comunicaci\u00f3n que puede ser impreso, radioel\u00e9ctrico, digital o imagen, <strong>que acredite experiencia o estudios o en su caso t\u00edtulo para ejercer el periodismo<\/strong>.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En resumen, es loable que el poder ejecutivo federal muestre voluntad pol\u00edtica, como nunca, para atender r\u00e1pidamente los asesinatos de periodistas con esos grupos extraordinarios de seguridad p\u00fablica. Pero esas acciones, que rebasan a la FGR y varias leyes, son insuficientes para abatir la impunidad y evitar cr\u00edmenes. Es indispensable que la FGR ampl\u00ede sus facultades para intervenir y atraer los casos de todo tipo de agravios contra el periodismo. Y para una mejor protecci\u00f3n de los periodistas la Ley General de Protecci\u00f3n que se prepara tiene que definirlos mejor frente a las empresas, de los colaboradores period\u00edsticos y otros usuarios de la libertad de expresi\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p> No me reprendi\u00f3 el doctor Mois\u00e9s Moreno Hern\u00e1ndez (Presidente de la Secci\u00f3n de Derecho Penal de la Academia Mexicana de Ciencias Penales) cuando le dije que era alegal la decisi\u00f3n presidencial.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":38348,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[693,106,35,85],"tags":[459],"class_list":["post-52603","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-693","category-mirada-de-reportero","category-opinion","category-rogelio-hernandez-lopez","tag-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52603","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52603"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52603\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38348"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52603"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52603"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52603"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}