{"id":41040,"date":"2021-10-17T11:39:44","date_gmt":"2021-10-17T17:39:44","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=41040"},"modified":"2023-07-21T17:07:52","modified_gmt":"2023-07-21T22:07:52","slug":"la-mitad-del-cielo-trata-de-ninas-indigenas-en-la-montana-y-costas-de-guerrero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/la-mitad-del-cielo-trata-de-ninas-indigenas-en-la-montana-y-costas-de-guerrero\/","title":{"rendered":"La mitad del cielo| Trata de ni\u00f1as ind\u00edgenas en la Monta\u00f1a y Costas de Guerrero"},"content":{"rendered":"\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Un delito encubierto como \u201cusos y costumbres\u201d de los pueblos originarios, tolerado por el Estado<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Muriel Salinas D\u00edaz<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Chilpancingo, Guerrero, 17 de octubre, 2021.- La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protecci\u00f3n y Asistencia a las V\u00edctimas de estos Delitos, establece penas de 5 a 15 a\u00f1os de prisi\u00f3n y multas por toda acci\u00f3n u omisi\u00f3n dolosa que sea cometida por una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, <strong>entregar<\/strong>, <strong>recibir o alojar a una o varias personas<\/strong> <strong>con fines de<\/strong> <strong>explotaci\u00f3n<\/strong>. De acuerdo con esta Ley, se entiende por <strong>explotaci\u00f3n<\/strong>, entre otras, el <strong>matrimonio forzoso o servil y la esclavitud<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n impone penas de prisi\u00f3n y multas, adem\u00e1s de la <strong>declaratoria de nulidad de matrimonio<\/strong>, <strong>a quien obligue a contraer matrimonio a una persona, de manera gratuita o a cambio de pago en dinero o en especie entregada a sus padres, tutor, familia o a cualquier otra persona o grupo de personas<\/strong> que ejerza una autoridad sobre ella. Tambi\u00e9n define el <strong>abuso de poder<\/strong> como \u201cel aprovechamiento que realiza el sujeto activo para <strong>la comisi\u00f3n del delito derivado de una relaci\u00f3n o v\u00ednculo familiar<\/strong>, sentimental, de confianza, de custodia, laboral, formativo, educativo, de cuidado, religioso o de cualquier otro que implique dependencia o subordinaci\u00f3n de la v\u00edctima respecto al victimario, incluyendo a quien tenga un cargo p\u00fablico o se ostente de \u00e9l, o pertenecer a la delincuencia organizada.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a>Este ordenamiento jur\u00eddico<\/a> dispone que la interpretaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y definici\u00f3n de las acciones para su cumplimiento, as\u00ed como el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de acciones de prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n, persecuci\u00f3n y sanci\u00f3n de los <strong>delitos de trata<\/strong>, la protecci\u00f3n y asistencia a las v\u00edctimas, ofendidos y testigos, se orientar\u00e1n por los principios de <strong>m\u00e1xima protecci\u00f3n, perspectiva de g\u00e9nero, prohibici\u00f3n de la esclavitud, inter\u00e9s superior de la infancia, debida diligencia, garant\u00eda de no revictimizaci\u00f3n, laicidad y libertad de religi\u00f3n y presunci\u00f3n de minor\u00eda de edad, as\u00ed como <\/strong><strong>la prohibici\u00f3n de devoluci\u00f3n o expulsi\u00f3n<\/strong>, es decir, que <strong>las v\u00edctimas no sean enviadas a su lugar de origen<\/strong> cuando su vida, libertad, integridad, seguridad o las de sus familias, corra alg\u00fan peligro. Tambi\u00e9n mandata que <strong>la autoridad deber\u00e1 cerciorarse de esta condici\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, esta Ley establece que las medidas de atenci\u00f3n, asistencia y protecci\u00f3n, beneficiar\u00e1n a todas las v\u00edctimas, con independencia de si el sujeto activo ha sido identificado, aprehendido, juzgado o sentenciado, as\u00ed como de la relaci\u00f3n familiar, de dependencia, laboral o econ\u00f3mica que pudiera existir entre \u00e9ste y la v\u00edctima. Tambi\u00e9n establece que <strong>el consentimiento otorgado por la v\u00edctima, cualquiera que sea su edad y en cualquier modalidad de los delitos de trata previstos en dicha ley, no constituir\u00e1 causa excluyente de responsabilidad penal<\/strong> y que <strong>las penas previstas en los delitos contemplados en dicho ordenamiento jur\u00eddico se aplicar\u00e1n tambi\u00e9n a quien los prepare, promueva, incite, facilite o colabore<\/strong>. Las penas por la comisi\u00f3n del delito de trata se incrementan cuando estos son cometidos por autoridades o agentes del Estado, as\u00ed como cuando las v\u00edctimas pertenecen a grupos en situaci\u00f3n de mayor vulnerabilidad, como, por ejemplo, las personas ind\u00edgenas, las mujeres, las y los ni\u00f1os, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pasado 10 de octubre en Guerrero se hizo p\u00fablico el caso de Ang\u00e9lica, una ni\u00f1a ind\u00edgena na\u2019saavi de 15 a\u00f1os, originaria de la comunidad de Joya Real, en el municipio de Cochoapa el Grande, Guerrero, quien tras escapar de la casa de sus tratantes, a quienes en su comunidad los reconocen como \u201csus suegros\u201d (sic) \u2013 con quienes viv\u00eda desde hace tres a\u00f1os porque fue obligada a casarse a los 11 a\u00f1os con un ni\u00f1o de 12 a cambio de un pago a su padre de 120 mil pesos, cajas de cerveza y metates, entre otros obsequios\u2013 fue encarcelada por la Polic\u00eda Comunitaria en la localidad de Dos R\u00edos, pues hab\u00eda escapado y vuelto con su familia hac\u00eda d\u00edas, luego de haberse resistido en cuatro ocasiones a ser violada por su tratante, quien se presume como \u201csu suegro\u201d, el cual consideraba tener derecho a perpetrar estos actos en virtud de que su hijo Rafael, ahora de 16 a\u00f1os y con quien supuestamente casaron a Ang\u00e9lica, emigr\u00f3 a los Estados Unidos y no ha regresado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Seg\u00fan el testimonio de Ang\u00e9lica publicado por el peri\u00f3dico El Sur, el d\u00eda que su padre la entreg\u00f3 al comprador fue celebrada una ceremonia de matrimonio, dirigida por agentes de la Polic\u00eda Comunitaria, quienes los casaron y en ese acto la presionaron para aceptar la uni\u00f3n con Rafael, de 12 a\u00f1os. Esto convierte a los integrantes de la Polic\u00eda Comunitaria en tratantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El encarcelamiento de Ang\u00e9lica se ejecut\u00f3 por parte de la Polic\u00eda Comunitaria a petici\u00f3n del tratante que la compr\u00f3, quien se presume como el \u201csuegro\u201d de la menor y exige a la familia de la ni\u00f1a la devoluci\u00f3n del dinero que pag\u00f3 para \u201ccasarla\u201d con su hijo, m\u00e1s intereses, por lo que reclama el pago de 250 mil pesos. &nbsp;Para obligar a la familia de Ang\u00e9lica a pagar, la Polic\u00eda Comunitaria la priv\u00f3 de la libertad junto con su madre, su abuela y sus tres hermanas, dos de 6 a\u00f1os y una de 10. Despu\u00e9s dejaron en libertad a la madre y el padre para que salieran a conseguir el dinero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Concepci\u00f3n Ventura Aguilar, madre de las ni\u00f1as, quien estaba embarazada de trillizos, al acudir a la c\u00e1rcel de Dos R\u00edos para exigir la liberaci\u00f3n de las menores, fue brutalmente golpeada por el Comandante de la Polic\u00eda Comunitaria de Dos R\u00edos, delante sus hijas y del resto de los elementos de la Comunitaria, quienes no intervinieron para detenerlo, lo que le provoc\u00f3 un aborto y puso en riesgo su vida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s de cien organizaciones civiles, redes de mujeres, activistas y defensoras de derechos humanos de Guerrero y todo el pa\u00eds hicimos llegar un escrito dirigido las autoridades estatales y federales, haciendo un llamado urgente para que intervinieran a fin de poner a salvo a las ni\u00f1as y a su madre, brindarles medidas de protecci\u00f3n, atenci\u00f3n m\u00e9dica urgente para Concepci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n se les exigi\u00f3 proceder conforme a derecho para castigar a todos los responsables de estos delitos y adoptar medidas para erradicar estas pr\u00e1cticas en la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La trata de ni\u00f1as ind\u00edgenas en las regiones de la Monta\u00f1a y Costas de Guerrero, en su modalidad de matrimonio forzado y esclavitud, es una pr\u00e1ctica ancestral, generalizada, sistem\u00e1tica y vigente que se encuentra normalizada en estas regiones y que ha sido tolerada por las autoridades estatales, federales y municipales so pretexto de respetar el derecho de autodeterminaci\u00f3n, as\u00ed como los usos y costumbres de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ang\u00e9lica llevaba once d\u00edas privada de la libertad por la Polic\u00eda Comunitaria de la localidad de Dos R\u00edos, cuando el pasado domingo la titular de la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos de Guerrero, Cecilia Narciso Gayt\u00e1n y el titular de la Secretar\u00eda de Asuntos Ind\u00edgenas y Afromexicanos, Javier Rojas Benito, acudieron a esta comunidad para intervenir en el conflicto, junto con el Presidente Municipal de Cochoapa el Grande, Bernardo Ponce Garc\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Convenci\u00f3n Interamericana para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belem Do Par\u00e1), ha recomendado a los Estados <strong>eliminar la mediaci\u00f3n, conciliaci\u00f3n y en general todas las formas de soluci\u00f3n de asuntos de violencia de g\u00e9nero fuera del espacio judicial<\/strong>. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La <strong>Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia<\/strong>, de igual forma establece en su art\u00edculo 8 la disposici\u00f3n de \u201c<strong>evitar procedimientos de mediaci\u00f3n o conciliaci\u00f3n, por ser inviables en una relaci\u00f3n de sometimiento entre el Agresor y la V\u00edctima\u201d<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se proh\u00edbe la mediaci\u00f3n en casos de violencia de g\u00e9nero porque en estos casos no existen condiciones de igualdad para participar en una negociaci\u00f3n equitativa entre las partes involucradas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La mediaci\u00f3n incrementa el peligro y obstaculiza el acceso a la justicia de las v\u00edctimas, adem\u00e1s de que env\u00eda un mensaje de impunidad, permisividad y tolerancia hacia la violencia contra las mujeres y las ni\u00f1as.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pese a lo anterior, todas estas autoridades <strong>llevaron a cabo un proceso de mediaci\u00f3n y conciliaci\u00f3n con la Polic\u00eda Comunitaria de Dos R\u00edos<\/strong> <strong>y con los tratantes<\/strong> (el padre de la menor y el comprador), para lograr la liberaci\u00f3n de las ni\u00f1as&nbsp;(Derechos Humanos Guerrero, 2021).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Resulta inaudito que todas las autoridades involucradas en estos hechos, no solo violaran la &nbsp;Constituci\u00f3n Pol\u00edtica mexicana y las leyes al realizar un <strong>acuerdo conciliatorio entre los tratantes y las Polic\u00eda Comunitaria<\/strong> <strong>para liberar a las v\u00edctimas<\/strong>, y que adem\u00e1s incluyeran en dicho acuerdo el de&nbsp; \u201cdejar abiertas las posibilidades de que Ang\u00e9lica regrese con Rafael, con el mutuo consentimiento de las partes, sin dolo ni mala fe, comprometi\u00e9ndolos a respetarse, ya que se deja a salvo los derechos de la menor para <strong>juntarse con su pareja<\/strong> una vez que cumpla la mayor\u00eda de edad.\u201d&nbsp;(Gonz\u00e1lez Benicio, 2021)&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Rafael no es la \u201cpareja\u201d de Ang\u00e9lica: es un ni\u00f1o v\u00edctima de trata que adem\u00e1s su familia dice que emigr\u00f3 a Estados Unidos, sin que de ello haya constancia, pues en realidad se desconoce su paradero y las autoridades deber\u00edan estar busc\u00e1ndolo para ponerle a salvo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Todas estas actuaciones configuran una suma inaudita de delitos y&nbsp; violaciones a los derechos humanos de las mujeres y ni\u00f1as ind\u00edgenas, pues estas autoridades violaron lo dispuesto en la Convenci\u00f3n Belem Do Par\u00e1, en el art\u00edculo 1\u00ba de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de nuestro pa\u00eds, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protecci\u00f3n y Asistencia a las V\u00edctimas de estos Delitos, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los C\u00f3digos Penales y el Protocolo de la SCJN para Juzgar con Perspectiva de G\u00e9nero.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando las Polic\u00edas Comunitarias son quienes ejecutan acciones de matrimonio forzado con ni\u00f1as y ni\u00f1os en las comunidades, privan ilegalmente de la libertad a ni\u00f1as y mujeres para obligar a sus familias a pagar dinero por este delito a los tratantes; as\u00ed como el hecho de que su Comandante golpe\u00f3 brutalmente a la madre de las menores hasta causarle un aborto y poner en riesgo su vida. Estos actores se convierten en tratantes y en violadores de derechos humanos, por lo que las autoridades deber\u00edan perseguirlos y castigarlos con todo el peso de la Ley, no andar firmando acuerdos conciliatorios con estos delincuentes. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La titular de la CEDH Guerrero, Cecilia Narciso Gayt\u00e1n, el titular de la Secretar\u00eda de Asuntos Ind\u00edgenas y Afromexicanos del Gobierno de Guerrero, Javier Rojas Beinto y Bernardo Ponce Garc\u00eda, Presidente Municipal de Cochoapa el Grande, son responsables de m\u00faltiples violaciones a los derechos humanos de las ni\u00f1as y mujeres v\u00edctimas de estos atroces hechos y deber\u00edan ser sancionados con base a la Ley de Responsabilidades Pol\u00edticas y Administrativas, por haber violado lo dispuesto en el art\u00edculo 1\u00ba de la CPEUM, la Convenci\u00f3n Belem Do Par\u00e1, las leyes antes referidas y por supuesto por no haber garantizado el debido proceso, la perspectiva de g\u00e9nero e intercultural en todas sus actuaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los grandes ausentes en este asunto son la Guardia Nacional y la Fiscal\u00eda General del Estado, responsables de mantener el grave contexto de impunidad que impera en Guerrero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ayer tom\u00f3 protesta Evelyn Salgado Pineda como gobernadora de Guerrero. A las guerrerenses nos aguarda una larga noche de seis a\u00f1os m\u00e1s de impunidad y oprobiosas violaciones de derechos humanos de mujeres y ni\u00f1as. Ojal\u00e1 me equivoque.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Trabajos citados<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Derechos Humanos Guerrero. (11 de octubre de 2021). <em>CDHEG LOGRA LA ENTREGA DE TRES MENORES EN COCHOAPA EL GRAND.<\/em> Obtenido de Derechos Humanos Guerrero: https:\/\/www.facebook.com\/1312393048776764\/posts\/5039855596030472\/<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Gonz\u00e1lez Benicio, C. y. (13 de octubre de 2021). <em>El caso de Ang\u00e9lica, de 15 a\u00f1os, destap\u00f3 en Cochoapa El Grande el problema de los matrimonios por dinero.<\/em> Obtenido de El Sur: https:\/\/suracapulco.mx\/el-caso-de-angelica-de-15-anos-destapo-en-cochoapa-el-grande-el-problema-de-los-matrimonios-por-dinero\/<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un delito encubierto como \u201cusos y costumbres\u201d de los pueblos originarios, tolerado por el Estado<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":31753,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[692,203,479,35],"tags":[459],"class_list":["post-41040","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-692","category-la-mitad-del-cielo","category-muriel-salinas-diaz","category-opinion","tag-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41040","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=41040"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41040\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/31753"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=41040"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=41040"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=41040"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}