{"id":33239,"date":"2021-03-14T21:18:52","date_gmt":"2021-03-14T21:18:52","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=33239"},"modified":"2023-07-21T16:53:05","modified_gmt":"2023-07-21T21:53:05","slug":"comunicado-2-basilia-castaneda-maciel","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/comunicado-2-basilia-castaneda-maciel\/","title":{"rendered":"Comunicado 2.  Basilia Casta\u00f1eda Maciel"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">14 de marzo de 2020.- A todos los medios de comunicaci\u00f3n y personas que han dado seguimiento a la denuncia que present\u00e9 en diversas instancias de acceso a la justicia, (a quienes agradezco que tomen estas comunicaciones como mi palabra y cesen la solicitud de entrevistas conmigo o con mis familiares, como una forma de respeto a mi condici\u00f3n de salud y a la situaci\u00f3n de riesgo de mi familia), les comunico lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El mi\u00e9rcoles pasado recib\u00ed comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de MORENA, cit\u00e1ndome el pr\u00f3ximo lunes 15 de marzo al desahogo de las pruebas y presentaci\u00f3n de alegatos, mientras que al demandado se le cit\u00f3 para presentarse al d\u00eda siguiente con el mismo objetivo. Esta constituye la \u00faltima etapa de este procedimiento ordinario que contin\u00faa abierto por la denuncia interna que yo present\u00e9 el pasado 5 de enero ante la CNHJ.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Quiero reconocer que se acept\u00f3 mi petici\u00f3n de que mi testimonio rendido en el procedimiento de oficio fuera tomado en cuenta, junto con el que ya present\u00e9 ante la FGR. Tambi\u00e9n se aceptaron las pruebas supervinientes de violencia pol\u00edtica intrapartidaria, ejercidas en mi contra y de una de las hijas de mi esposo, desde el d\u00eda 12 de febrero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, la CNHJ no ha actuado con perspectiva de g\u00e9nero y, sin tener todos los elementos para juzgar con esta perspectiva, se me cita para desahogar pruebas y rendir alegatos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde la respuesta al apercibimiento, pues se me insist\u00eda en que deb\u00eda narrar mi testimonio \u201cde manera expresa y cronol\u00f3gica\u201d y que deb\u00eda de \u201caportar las pruebas id\u00f3neas, as\u00ed como relacionarlas con los hechos narrados\u201d, solicit\u00e9 que la CNHJ realizara dos periciales psicol\u00f3gicas, una de las cuales inclu\u00eda la valoraci\u00f3n psicol\u00f3gica del perfil del demandado. Puesto que se me citaba para desahogo de todas las pruebas para la audiencia del lunes 15 de marzo, pero dejaban a mi costa y acci\u00f3n esas dos periciales, solicit\u00e9 que se pospusiera hasta que no se diera respuesta a esa solicitud y, adem\u00e1s, insist\u00ed en que se diera respuesta a las cuatro solicitudes que he hecho de medidas cautelares. Todo esto me fue negado y se sostiene la audiencia para el d\u00eda de ma\u00f1ana lunes 15 de marzo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, el demandado ha presentado como pruebas la carta de no antecedentes penales y cotejo del procedimiento de oficio. \u00c9l alega que este procedimiento no deber\u00eda continuar, con la excusa de que se le estar\u00eda juzgando dos veces y porque la CNHJ no tiene competencia para investigar delitos. Frente a esto, puedo decir, por un lado que, dado que no se me tom\u00f3 testimonio en el procedimiento de oficio, no se puede afirmar que la CNHJ ha investigado en relaci\u00f3n a los hechos que yo present\u00e9, por lo que no es verdad que se le estar\u00eda juzgando dos veces. Por otro lado, debo aclarar que no estoy solicitando a la CNHJ que investigue el delito, sino que se le investigue esos y nuevos hechos, como hechos violatorios a los Estatutos y principios del Partido MORENA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Quiero informar tambi\u00e9n que he pedido al Lic. Olea, a quien le estoy profundamente agradecida por su disposici\u00f3n y acciones llevadas a cabo, que no contin\u00fae con la representaci\u00f3n en la causa penal que \u00e9l hab\u00eda ofrecido apoyar pro bono.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">He decidido no impulsar m\u00e1s acciones en el \u00e1mbito penal pues, hasta el momento, por parte de la FGR y de la FGJG se me han violado mis derechos como v\u00edctima. Continuar por esa v\u00eda implicar\u00e1 un conjunto de tiempos y esfuerzos, audiencias en el estado de Guerrero, pago de vi\u00e1ticos del abogado y exposici\u00f3n ante autoridades que ya han se\u00f1alado que no quieren investigar. Sin embargo dichas autoridades est\u00e1n obligadas a hacerlo de oficio dado que se trata de un delito grave en s\u00ed mismo, y agravado pues fue cometido contra una ni\u00f1a de 17 a\u00f1os por un hombre que en ese momento tambi\u00e9n gozaba de fuero en su car\u00e1cter de Senador con licencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tal y como lo he hecho, mi responsabilidad como v\u00edctima es proporcionar la informaci\u00f3n y presentar la denuncia con los elementos necesarios para que estas conductas violatorias de diversas normatividades sean investigadas por las autoridades correspondientes (Fiscal\u00edas e instancias intrapartidarias). Si nuestras instituciones no se han transformado para garantizar la presunci\u00f3n de buena fe de quienes denunciamos, si no han incorporado personal que sepa investigar con perspectiva de g\u00e9nero y que erradiquen los privilegios en el acceso a la justicia, la responsabilidad de esa impunidad no est\u00e1 en manos de las v\u00edctimas sino de las autoridades. Por ahora se siguen manteniendo los privilegios que sostienen la impunidad a trav\u00e9s de invocar formalidades y que incrementan el riesgo de quienes denunciamos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para quien tenga inter\u00e9s en conocer con m\u00e1s detalles los argumentos de la CNHJ a mis solicitudes, y como una referencia para toda aquella mujer que quiera solicitar medidas cautelares ante la CNHJ de MORENA, transcribo aqu\u00ed mis solicitudes y las respuestas de aquello que me ha sido negado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el escrito de fecha 11 de marzo de 2021 solicit\u00e9 que se pospusiera la audiencia convocada para el d\u00eda lunes 15 de marzo con el objetivo de que, previamente, se acordara que la CNHJ estar\u00eda a cargo del nombramiento, pago y citaci\u00f3n de los profesionistas (peritos) para desarrollar el desahogo de las periciales que desde mi escrito de fecha 5 de febrero, como respuesta a su apercibimiento, se\u00f1al\u00e9:<br>\u201csolicito de manera respetuosa se me realice un peritaje en psicolog\u00eda forense victimal (\u2026) Asimismo, solicito se valore la posibilidad de que al se\u00f1or F\u00e9lix Salgado Macedonio, se le practique una valoraci\u00f3n psicol\u00f3gica por perito psicol\u00f3gico certificado, que permita determinar si el mismo presenta perfil de agresor sexual, si representa un peligro para mi y mi familia, as\u00ed como para cualquier mujer que por cualquier causa o motivo se encuentre vinculado con \u00e9l.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A esta solicitud, la CNHJ, como se puede observar en su acuerdo de fecha 12 de marzo del presente a\u00f1o y que orden\u00f3 se publicara en estrados de dicho \u00f3rgano, me responde que me \u201catenga a lo prove\u00eddo en Acuerdo de Fijaci\u00f3n de Audiencia del Expediente CNHJ-NL-040\/2020 de fecha 09 de marzo del 2021.\u201d Que dice:<br>\u201cEn cuanto a las pruebas periciales se atendr\u00e1 a lo dispuesto en la Ley General de Medios de Impugnaci\u00f3n en Materia Electoral, la cual de acuerdo al art\u00edculo 55 del Estatuto, es supletoria a todo lo no dispuesto en el mismo.<br>Art\u00edculo 55\u00b0. A falta de disposici\u00f3n expresa en el presente ordenamiento y en sus reglamentos, ser\u00e1n aplicables, en forma supletoria, las disposiciones legales de car\u00e1cter electoral tales como la Ley General de Partidos Pol\u00edticos, la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnaci\u00f3n en Materia Electoral y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.\u201d<br>El art\u00edculo 14 numeral 3 de esa Ley, dispone:<br>\u201cLos \u00f3rganos competentes para resolver podr\u00e1n ordenar el desahogo de reconocimientos o inspecciones judiciales, as\u00ed como de pruebas periciales, cuando la violaci\u00f3n reclamada lo amerite, los plazos permitan su desahogo y se estimen determinantes para que con su perfeccionamiento se pueda modificar, revocar o anular el acto o resoluci\u00f3n impugnado.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed mismo, ante las solicitudes que he realizado desde el 5 de enero de 2021 de medidas cautelares y que transcribo aqu\u00ed mismo:<br>1.- En mi escrito inicial, del d\u00eda 5 de enero de 2021 en mis petitorios puse como punto<br>\u201cPRIMERO. Se realicen las acciones necesarias para la protecci\u00f3n de mi identidad y todas aquellas que sean necesarias para no poner en riesgo mi integridad f\u00edsica, moral y emocional.\u201d<br>2.- En el segundo escrito que present\u00e9, como respuesta al apercibimiento, en fecha de 5 de febrero 2021expuse en mi petitorio:<br>\u201cTERCERO. Se realicen las acciones necesarias para la protecci\u00f3n de mi identidad y todas aquellas que sean necesarias para no poner en riesgo mi integridad f\u00edsica, moral y emocional.\u201d<br>3.- En el escrito que present\u00e9 el d\u00eda 15 de febrero de 2021 en el que present\u00e9 como pruebas supervinientes los ataques en medios de comunicaciones locales y en FaceBook, se\u00f1al\u00e9 lo siguiente:<br>\u201c3.- A trav\u00e9s de este escrito presento pruebas supervinientes al tiempo de la presentaci\u00f3n de mi denuncia, por hechos de violencia en mi contra por parte de mujeres y hombres integrantes de este mismo partido pol\u00edtico, Morena, que por propia voluntad o incentivados por el C. F\u00e9lix Salgado Macedonio ha realizado actos de violencia acorde a lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 3 del Reglamento de la CNHJ, es decir \u201cconducta que vulnera en forma dolosa o culposa el derecho de una tercera persona.\u201d De manera particular actos de violencia pol\u00edtica que ese mismo art\u00edculo se\u00f1ala como \u201cuso de la fuerza f\u00edsica o psicol\u00f3gica contra una o un militante o un grupo de militantes, simpatizantes o representantes de MORENA, con el objeto de inhibir su participaci\u00f3n pol\u00edtica u obstaculizar el ejercicio de sus derechos pol\u00edticos y\/o estatutarios\u201d como es en este caso mi derecho al acceso ala justicia y a demandar el cumplimiento de nuestros Principios y Estatutos.<br>Los hechos refieren a actos tanto en redes sociales, en los medios de comunicaci\u00f3n, mismos que se anexan copias de varios de sus registros, as\u00ed como por actos directamente afuera de mi domicilio particular ante el que, militantes de Morena se han posicionado con meg\u00e1fonos a insultarme con frases que reflejan estereotipos y prejuicios de g\u00e9nero, al buscar desacreditar mi denuncia y mi dicho al proferir infamias falseando aspectos de mi vida privada y de mi sexualidad.<br>4.- Debido a los hechos descritos en el punto anterior de este escrito, mismos que configuran actos de violencia en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 3 del Reglamento de la CNHJ de Morena, as\u00ed como a actos de violencia pol\u00edtica en raz\u00f3n de g\u00e9nero en los t\u00e9rminos de los art\u00edculos 20 bis y 20 ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una vida libre de Violencia, solicito medidas cautelares, en los t\u00e9rminos del t\u00edtulo d\u00e9cimo tercero del Reglamento de la CNHJ, as\u00ed como respecto de las responsabilidades se\u00f1aladas en el Estatuto:<br>Arti\u0301culo 47\u00b0. Es responsabilidad de MORENA admitir y conservar en su organizacio\u0301n personas que gocen de buena fama pu\u0301blica; practiquen la rendicio\u0301n de cuentas, eviten la calumnia y la difamacio\u0301n; mantengan en todo momento una actitud de respeto frente a sus compan\u0303eras y compan\u0303eros; y realicen sus actividades poli\u0301ticas por medios paci\u0301ficos y legales.<br>Las medidas cautelares que se solicitan, de manera inicial, y a reserva de hacer un an\u00e1lisis detallado junto con la CNHJ, en un apercibimiento a las y los militantes de morena a conducirse acorde a los Estatutos y Principios de Morena, es decir respetar los art\u00edculos 1, 2, 3 y 6 de nuestros Estatutos, con el objetivo de que se me garanticen mis derechos humanos y aquellos derechos se\u00f1alados en el art\u00edculo 5 de nuestros Estatutos.<br>Que en dicho apercibimiento p\u00fablico y directo se se\u00f1ale que:<br>a. Una denuncia nunca constituye un acto de difamaci\u00f3n, y que se debe respetar el proceso de acceso ala justicia en los \u00f3rganos internos de Morena y los de otras competencias.<br>b. Las expresiones emitidas por militantes de Morena que contengan estereotipos y prejuicios discriminatorios relacionados con esta denuncia o relacionados con las denuncias de violencia de g\u00e9nero contra las mujeres, ser\u00e1n investigadas de oficio por esta CNHJ.<br>Tambi\u00e9n se solicita de manera urgente con el objetivo de que se detenga esta violencia pol\u00edtica en mi contra y la de las personas que me apoyan, que el partido realice un conjunto de acciones directas en Guerrero para informar sobre las conductas que constituyen estos actos de violencia y las razones por las cuales constituyen una violaci\u00f3n a nuestros principios y Estatutos, con el objetivo de que se detenga de manera sostenida estos actos de violencia en mi contra.<br>La temporalidad de dichas medidas se solicita que est\u00e9n mientras dura esta investigaci\u00f3n y, dependiendo de su resoluci\u00f3n, se valore de nueva cuenta la continuidad de dichas medidas para la garant\u00eda plena de mis derechos como militante de este partido pol\u00edtico y como persona.<br>5.- En relaci\u00f3n a la vista que en el acuerdo de fecha 9 de febrero del presente a\u00f1o de la CNHJ dio a diversas autoridades, incluida la Comisi\u00f3n Ejecutiva Estatal de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas del Estado de Guerrero, a trav\u00e9s de este escrito solicito y por lo expuesto con las pruebas supervinientes presentadas, solicito que se realicen las acciones necesarias para que se me reconozca jur\u00eddicamente y ante las autoridades pertinentes, la calidad de v\u00edctima directa, as\u00ed como el reconocimiento de la calidad de v\u00edctimas indirectas y potenciales de las personas que correspondan acorde a lo que se desprenda de este proceso. Este reconocimiento de mi calidad de v\u00edctima se solicita con el objetivo de que pueda acceder a los diversos derechos y garant\u00edas que, como v\u00edctima en riesgo grave e inminente, tengo.\u201d<br>En este mismo escrito solicit\u00e9 \u201cSEGUNDO.- Realizar todo lo conducente para garantizar la incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en este proceso y lo que de este proceso se derive.<br>TERCERO. Tener por presentadas las pruebas supervinientes relacionadas a hechos de violencia pol\u00edtica en raz\u00f3n de g\u00e9nero y con motivo de mi leg\u00edtima denuncia y leg\u00edtima solicitud de acceso a la justicia.<br>CUARTO. Se me otorguen y operen las medidas cautelares que he solicitado, muy en espec\u00edfico en el \u00e1mbito local de guerrero con las y los militantes de nuestro partido pol\u00edtico y, en caso de que se infrinjan, se inicien las investigaciones de oficio pertinentes por su violaci\u00f3n.<br>QUINTO. Que se me reconozca mi calidad de v\u00edctima directa y ante la vista que se dio a la Comisi\u00f3n Ejecutiva Estatal de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas del Estado de Guerrero, se realicen las acciones necesarias para que se realice dicho registro, as\u00ed como de las personas que puedan tener la calidad de v\u00edctimas indirectas y potenciales en relaci\u00f3n a mi reconocimiento como v\u00edctima directa.\u201d<br>4.- En el escrito de fecha 11 de marzo de 2021, puesto que se me informaba de la audiencia para el desahogo de pruebas y alegatos, que es el final de un procedimiento, se\u00f1al\u00e9:<br>\u201cY desde luego insisto tambi\u00e9n, en que, a\u00fan avanzado el procedimiento, deben acordar las medidas cautelares a las que hice referencia en mi queja.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ante estas cuatro solicitudes que hice para que se dictar\u00e1n medidas cautelares en mi favor, y de las que no hab\u00eda recibido ninguna respuesta, finalmente en este \u00faltimo acuerdo se me responde que:<br>\u201cSEGUNDO. &#8211; Se desechan las medidas cautelares solicitadas por la parte actora toda vez que no cumplen el requisito de procedencia previsto en los art\u00edculos 19 inciso h) y 107 del Reglamento de la CNHJ.<br>Art\u00edculo 19. El recurso inicial de queja deber\u00e1 presentarse por escrito, en original en la Oficial\u00eda de Partes y\/o al correo electr\u00f3nico de la CNHJ, cumpliendo los siguientes requisitos para su admisi\u00f3n:<br>(\u2026)<br>h) En caso de solicitar la aplicaci\u00f3n de medidas cautelares, estas deber\u00e1n de solicitarse en el escrito inicial de recurso de queja, exponiendo las consideraciones de hecho y derecho en los que se base la solicitud de dichas medidas. La CNHJ determinar\u00e1 sobre su procedencia.<br>Art\u00edculo 107. Las medidas cautelares a petici\u00f3n de parte, deber\u00e1n de solicitarse en el escrito inicial de recurso de queja, exponiendo las consideraciones de hecho y derecho en los que se fundamente la implementaci\u00f3n de las mismas.<br>Lo anterior de conformidad con el art\u00edculo 47\u00b0, 54\u00ba, 55\u00ba, 56\u00b0 del Estatuto de MORENA, Art\u00edculo 1, 2\u00b0 4\u00b0, 5\u00b0. 19\u00b0, 29\u00b0, 33\u00b0 y 107\u00b0. del Reglamento de la CNHJ, as\u00ed como el art\u00edculo 31 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci\u00f3n.\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La CNHJ no ha actuado con perspectiva de g\u00e9nero y, sin tener todos los elementos para juzgar con esta perspectiva, se me cita para desahogar pruebas y rendir alegatos.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":33240,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[692,204],"tags":[],"class_list":["post-33239","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-692","category-prensa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33239","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=33239"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33239\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/33240"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=33239"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=33239"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=33239"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}