{"id":3018,"date":"2017-11-08T22:34:03","date_gmt":"2017-11-08T22:34:03","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=3018"},"modified":"2023-07-21T14:27:37","modified_gmt":"2023-07-21T19:27:37","slug":"partidos-y-o-coaliciones-deben-contemplar-formulas-integradas-por-candidaturas-indigenas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/partidos-y-o-coaliciones-deben-contemplar-formulas-integradas-por-candidaturas-indigenas\/","title":{"rendered":"Partidos y\/o coaliciones deben contemplar f\u00f3rmulas integradas por candidaturas ind\u00edgenas"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.semmexico.com\/gallery-post.php?id=3354#\">Redacci\u00f3n<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 8 noviembre 2017.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 \u2013por unanimidad en lo general- los criterios y acciones afirmativas que los partidos pol\u00edticos nacionales o coaliciones deber\u00e1n cumplir en el registro de candidaturas federales a diputaciones y senadur\u00edas, a fin de salvaguardar el principio de paridad entre g\u00e9neros y garantizar f\u00f3rmulas integradas por candidatas y candidatos ind\u00edgenas.<br><br>De esta forma, el Consejo General del INE aprob\u00f3 para el caso de senadur\u00edas por el principio de mayor\u00eda relativa, que deber\u00e1 observarse el principio de paridad vertical y horizontal: La primera f\u00f3rmula que integra la lista de candidatas y candidatos que se presenten para cada entidad federativa, deber\u00e1 ser de g\u00e9nero distinto a la segunda, y de la totalidad de las listas de candidaturas por entidad federativa, el 50% deber\u00e1 estar encabezada por hombres y 50% por mujeres.<br><br>Para el caso de diputaciones por el principio de mayor\u00eda relativa, los partidos pol\u00edticos nacionales o coalici\u00f3n deber\u00e1n postular, como acci\u00f3n afirmativa, f\u00f3rmulas integradas por personas que se auto-adscriban como ind\u00edgenas en, al menos, 12 de los 28 distritos electorales con poblaci\u00f3n ind\u00edgena, de los cuales 50% corresponder\u00e1n a mujeres y 50% a hombres.<br><br>Al respecto, el consejero presidente Lorenzo C\u00f3rdova, dijo que \u201cestos criterios reflejan los aprendizajes obtenidos en m\u00e1s de ocho procesos electorales federales y, de manera especial, ratifican el compromiso del INE con la causa de la paridad, de la inclusi\u00f3n y de la igualdad pol\u00edtica\u201d.<br><br>Precis\u00f3 que en materia de paridad horizontal, las acciones emprendidas por la autoridad electoral \u201cno son un producto de una decisi\u00f3n del legislador, sino de una interpretaci\u00f3n que del tema de paridad se ha hecho en sede jurisdiccional y en sede administrativa\u201d, y respecto a la representaci\u00f3n ind\u00edgena, \u201ces evidente que el reconocimiento pluricultural de nuestra naci\u00f3n no ha trascendido hacia los \u00f3rganos de representaci\u00f3n del Estado mexicano. Los \u00f3rganos de representaci\u00f3n pol\u00edtica que hoy tenemos no reflejan necesariamente ese car\u00e1cter pluricultural\u201d.<br><br>Las principales innovaciones de este proyecto de acuerdo \u2013destac\u00f3 Lorenzo C\u00f3rdova- \u201cest\u00e1n orientadas a contribuir y a subsanar dicha asignatura pendiente del Sistema Electoral Mexicano con las comunidades ind\u00edgenas, as\u00ed como para contribuir a consolidar el mandato constitucional de paridad en las candidaturas.<br><br>Desde mi perspectiva, estos criterios marcan un antes y un despu\u00e9s en el car\u00e1cter pluricultural de la representaci\u00f3n pol\u00edtica de nuestra naci\u00f3n y un paso m\u00e1s en la l\u00f3gica de la construcci\u00f3n de una naci\u00f3n 50-50\u201d.<br><br>Este proyecto, puntualiz\u00f3, \u201cconstituye un paso hacia el establecimiento de cuotas en materia de representaci\u00f3n pol\u00edtica de las y los ind\u00edgenas de nuestro pa\u00eds y tambi\u00e9n de la participaci\u00f3n pol\u00edtica de las mujeres\u201d.<br><br>El consejero Benito Nacif, presidente de la Comisi\u00f3n de Prerrogativas y Partidos Pol\u00edticos del Instituto, advirti\u00f3 sobre el alcance de este acuerdo:<br><br>\u201cLa democracia no se entiende sin el valor de la igualdad. Las mujeres y grupos ind\u00edgenas en el pa\u00eds son los sectores m\u00e1s sub-representados. Este acuerdo establece medidas compensatorias, acciones afirmativas, que plantean revertir la desigualdad hacia las mujeres y la integraci\u00f3n de los ind\u00edgenas a los cargos de representaci\u00f3n pol\u00edtica\u201d.<br><br>Consider\u00f3 que estos criterios representan \u201cun paso m\u00e1s, en la construcci\u00f3n de una democracia m\u00e1s igualitaria\u201d y dijo que el INE, como autoridad electoral, est\u00e1 obligada a promover los derechos humanos y aquellos de car\u00e1cter pol\u00edtico- electorales en favor de la igualdad sustancial entre los diferentes grupos de la sociedad.<br><br>La consejera Pamela San Mart\u00edn hizo un recuento hist\u00f3rico de la representaci\u00f3n legislativa de las mujeres y los ind\u00edgenas de M\u00e9xico: \u201cEn 2006 tuvimos 12 hombres ind\u00edgenas y s\u00f3lo dos mujeres ind\u00edgenas. En 2009 siete hombres ind\u00edgenas y s\u00f3lo tres mujeres ind\u00edgenas. En 2012 cinco hombres ind\u00edgenas y s\u00f3lo dos mujeres ind\u00edgenas. Y en 2015 seis hombres ind\u00edgenas y cero mujeres ind\u00edgenas\u201d.<br><br>\u201cMe parece conveniente y relevante el garantizar que dentro de la postulaci\u00f3n de candidatas y candidatos, siguiendo esta acci\u00f3n afirmativa, garantizar que tambi\u00e9n se postule en una misma condici\u00f3n de paridad a hombres ind\u00edgenas y a mujeres ind\u00edgenas\u201d, indic\u00f3. Propuesta que no fue acompa\u00f1ada por la mayor\u00eda de las y los consejeros electorales.<br><br>Mientras, la consejera Dania Ravel mencion\u00f3 que \u201cel principio constitucional de paridad no garantiza, por s\u00ed mismo, los resultados. Por ello se requieren tomar medidas adicionales para que podamos ver su efectividad\u201d.<br><br>Destac\u00f3 que, por ello y para el caso de senadur\u00edas por el principio de Representaci\u00f3n Proporcional, el INE plantea que la lista deber\u00e1 ser encabezada por una f\u00f3rmula integrada por mujeres \u201c\u00bfPero, por qu\u00e9 propusimos esto? En el Senado la desproporci\u00f3n entre hombres y mujeres que lo han integrado es hist\u00f3rica: La Legislatura 2012-2018 est\u00e1 conformada por un total de 86 hombres y 42 mujeres; en la 2006-2012 hubo 106 hombres y 22 mujeres, y en la Legislatura anterior, es decir, 2000-2006, hubo 108 hombres y 20 mujeres\u201d.<br><br>En el caso de la sub-representaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n ind\u00edgena, \u201ces verdaderamente alarmante: En la legislatura 2009-2012, hubo ocho ind\u00edgenas; en la 2012-2015, hubo siete ind\u00edgenas, y en la actual legislatura, s\u00f3lo seis ind\u00edgenas y todos hombres\u201d.<br><br><br>Paridad de g\u00e9nero en registro de candidaturas<br><br>La totalidad de solicitudes de registro de candidaturas a senadur\u00edas y diputaciones \u2013se establece en los criterios aprobados- tanto de mayor\u00eda relativa como de representaci\u00f3n proporcional, que presenten los partidos pol\u00edticos o las coaliciones ante el INE, deber\u00e1n integrarse salvaguardando la paridad entre los g\u00e9neros.<br><br>Las solicitudes de registro de candidaturas de partidos pol\u00edticos o coaliciones, tanto para propietario como para suplente, tienen que oficializarse entre los d\u00edas 11 y 18 de marzo de 2018; la Plataforma Electoral de partidos o coaliciones, deber\u00e1 presentarse en los primeros 15 d\u00edas de enero de 2018, y Consejos Locales y Distritales del INE sesionar para validar estos registros, por el principio de mayor\u00eda relativa, el d\u00eda 29 de marzo de 2018.<br><br>SEM\/sj\/lr<br><br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 8 noviembre 2017.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 \u2013por unanimidad en lo general- los criterios y acciones afirmativas que los partidos pol\u00edticos nacionales o coaliciones deber\u00e1n cumplir en el registro de candidaturas federales a diputaciones y senadur\u00edas, a fin de salvaguardar el principio de paridad entre [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":3019,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[687,32],"tags":[],"class_list":["post-3018","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-687","category-elecciones-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3018","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3018"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3018\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3019"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3018"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3018"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3018"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}