{"id":12702,"date":"2019-10-08T20:36:36","date_gmt":"2019-10-08T20:36:36","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=12702"},"modified":"2023-07-21T15:11:59","modified_gmt":"2023-07-21T20:11:59","slug":"cdmx-25","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/cdmx-25\/","title":{"rendered":"Interpone CONAVIM recurso de revisi\u00f3n en contra de la sentencia en la que se ordena declarar la AVGM en la CDMX"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Elda Montiel<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico. Cd. de M\u00e9xico. 8 de octubre de 2019.- Se atrasa la declaratoria de Alerta de Violencia de G\u00e9nero en la Ciudad de M\u00e9xico (AVGM) ya que la Comisi\u00f3n Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en M\u00e9xico (CONAVIM) interpuso un recurso de revisi\u00f3n en contra de la sentencia dictada del 13 de septiembre en la que se ordena declarar la Alerta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con fecha 30 de septiembre la CONAVIM present\u00f3 el recurso de revisi\u00f3n en el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el que argumenta, que el juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa e la Ciudad de M\u00e9xico se extralimit\u00f3 en otorgar los efectos del amparo \u201cdebido a que orden\u00f3 obligaciones espec\u00edficas a CONAVIM que, en principio no eran materia del juicio de amparo y que no est\u00e1n de acuerdo con lo que establece la ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el documento del recurso, se se\u00f1ala que al no cumplir con los principios de fundamentaci\u00f3n y motivaci\u00f3n de las resoluciones judiciales y al ordenar acciones que no encuadran en la hip\u00f3tesis legal y que causan inseguridad jur\u00eddica a las partes, la sentencia es ilegal y debe ser revocada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con la CONAVIM, el juez se extralimit\u00f3 al ordenarle participaci\u00f3n activa en los Grupos de Trabajo, as\u00ed como de otras organizaciones sociales; tener acceso al establecimiento de la metodolog\u00eda, plazos de seguimiento, y programa de trabajo; y aportar presupuesto a las acciones para hacer frente a la violencia contra las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n judicial, explica la CONAVIM, no cumple con la debida fundamentaci\u00f3n y motivaci\u00f3n establecida en los t\u00e9rminos de La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con el art\u00edculo 36 del Reglamento de la Ley General de Acceso no se prev\u00e9 que el Grupo de Trabajo se conforme por las solicitantes o peticionarias de la Alerta de Violencia de Genero ni por otras organizaciones de la sociedad civil.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si bien pueden ser conocedoras del contexto de violencia contra las mujeres no se pueden calificar como expertas independientes por el solo hecho de ser una organizaci\u00f3n peticionaria de la alerta de g\u00e9nero, y por tener inter\u00e9s no puede ser imparcial, ya que su participaci\u00f3n est\u00e1 acotada por ser promovente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, el art\u00edculo 38 del Reglamento de la Ley General no lo establece que exista obligaci\u00f3n alguna para las autoridades de notificarles a las peticionarias el contenido de la informaci\u00f3n necesaria sobre las acciones que est\u00e1n llevando a cabo en la entidad federativa para implementar las propuestas contenidas en las conclusiones del Grupo de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Agrega que dicha informaci\u00f3n es reservada en t\u00e9rminos de la Ley y por tanto no puede darse la m\u00e1xima publicidad, ya que puede causarse un da\u00f1o real, por lo que: \u201cSe deber\u00e1 hacer la precisi\u00f3n de la informaci\u00f3n que en t\u00e9rminos de la Ley de la materia debe publicarse por las autoridades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n se\u00f1ala que existe imprecisi\u00f3n err\u00f3nea por parte del Juez en torno que a trav\u00e9s de la Declaratoria de AVGM en la CDMX se deben se\u00f1alar recursos presupuestarios para la atenci\u00f3n de violencia contra las mujeres. Los recursos p\u00fablicos provienen del Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n, espec\u00edficamente los etiquetados en el Anexo 13 \u201cErogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres\u201d. Los recursos presupuestarios a que hace referencia la sentencia deben ser asignados por las entidades federativas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEl Juez realiz\u00f3 una interpretaci\u00f3n err\u00f3nea de la norma, lo que tuvo como consecuencia imponer una obligaci\u00f3n a CONAVIM que escapa de su competencia, de acuerdo con la normatividad se\u00f1alada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La organizaci\u00f3n peticionaria<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, el Centro de Derechos&nbsp;Humanos Fray Francisco de Vitoria O.P.A.C., la organizaci\u00f3n peticionaria, indic\u00f3 que la CONAVIM a pesar de&nbsp;haber declarado que no obstaculizar\u00eda m\u00e1s la activaci\u00f3n del mecanismo, est\u00e1 dilatando nuevamente la protecci\u00f3n de las mujeres al interponer un recurso de revisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo a la sentencia a favor de las organizaciones peticionarias en un plazo no mayor de diez d\u00edas h\u00e1biles a partir de la sentencia, 13 de septiembre, la CONAVIM ten\u00eda que emitir una nueva resoluci\u00f3n en la que declare la Alerta de G\u00e9nero contra las Mujeres en la Ciudad de M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia a favor de las organizaciones peticionarias se\u00f1ala que la Alerta de Violencia de Genero solicitada debe implementar acciones a corto plazo que no se confundan con pol\u00edticas publicas u otros instrumentos previstos en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las acciones deben considerar a las ni\u00f1as y adolescentes para proteger y asegurar el ejercicio y goce de sus derechos. As\u00ed como permitir la participaci\u00f3n activa de las organizaciones peticionarias y de otras organizaciones de la sociedad civil junto con las instituciones p\u00fablicas implicadas en el seguimiento de la AVGM.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 30 de septiembre la CONAVIM present\u00f3 el recurso de revisi\u00f3n en el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el que argumenta, que el juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa e la Ciudad de M\u00e9xico se extralimit\u00f3 en otorgar los efectos del amparo.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":12703,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[690,51],"tags":[],"class_list":["post-12702","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-690","category-ejecutivo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12702","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12702"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12702\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12703"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12702"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12702"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12702"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}