{"id":10478,"date":"2019-08-05T17:20:39","date_gmt":"2019-08-05T17:20:39","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=10478"},"modified":"2023-07-21T14:51:55","modified_gmt":"2023-07-21T19:51:55","slug":"mariana-la-mujer-que-litigo-el-primer-caso-de-discriminacion-en-el-empleo-ante-la-scjn","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/mariana-la-mujer-que-litigo-el-primer-caso-de-discriminacion-en-el-empleo-ante-la-scjn\/","title":{"rendered":"Mariana, la mujer que litig\u00f3 el primer caso de discriminaci\u00f3n en el empleo ante la SCJN"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00abPens\u00e9 que de nada val\u00edan mis desveladas y todo el estudio porque al final del d\u00eda nadie me contratar\u00eda por mi discapacidad\u00bb.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Estefan\u00eda Vela<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico\/VICE. Ciudad de M\u00e9xico. 05 de agosto 2019.- En\njulio de 2007, Mariana D\u00edaz acababa de terminar el sexto semestre de la carrera\nde derecho. Uno de sus prop\u00f3sitos para el verano era buscar trabajo, por lo que\ndecidi\u00f3 comenzar con la bolsa de su universidad \u2014una privada, en la Ciudad de\nM\u00e9xico\u2014. Encontr\u00f3 una opci\u00f3n que llam\u00f3 la atenci\u00f3n: una pasant\u00eda en el \u00e1rea\nlegal de una empresa privada. Repas\u00f3 cada uno de los requisitos con los que\nten\u00eda que cumplir para solicitar hasta que se top\u00f3 con uno que de plano la\nexclu\u00eda: la vacante no contemplaba la contrataci\u00f3n de personas con\ndiscapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El anuncio de trabajo era como muchos otros que, hasta la\nfecha, persisten en el pa\u00eds: conten\u00eda criterios abiertamente discriminatorios.\nAlgo que, seg\u00fan la Constituci\u00f3n y distintos tratados internacionales, es\nviolatorio del derecho a la no discriminaci\u00f3n en el empleo que tienen todas las\npersonas en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En aqu\u00e9l entonces s\u00f3lo exist\u00eda una instituci\u00f3n que\nexpl\u00edcitamente permit\u00eda demandar a las empresas privadas por este tipo de\nanuncios: el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminaci\u00f3n. El problema con\nel CONAPRED, en ese entonces, era doble: primero, las empresas privadas pod\u00edan\nrechazar su autoridad y, segundo, incluso si aceptaban someterse al\nprocedimiento, la \u201csanci\u00f3n\u201d que se les pod\u00eda imponer era risible. En el mejor\nescenario, tendr\u00edan que disculparse y tomar unos \u201ccursos de sensibilizaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mariana, junto con su abogado, idearon otra alternativa:\nutilizar la vieja figura del \u201cda\u00f1o moral\u201d para combatir esta discriminaci\u00f3n a\ntrav\u00e9s la v\u00eda civil. La ventaja de este mecanismo es que permite sancionar a\nlos centros de trabajo por sumas millonarias (como ocurre en EU, por ejemplo).\nLa l\u00f3gica detr\u00e1s de esto es que los castigos econ\u00f3micos funcionen como\nincentivos para cambiar las din\u00e1micas laborales discriminatorias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Interpusieron la demanda en 2009. En el 2014 \u2014viva la\njusticia en este pa\u00eds\u2014, el caso lleg\u00f3 hasta la Suprema Corte (es el Amparo\nDirecto en Revisi\u00f3n 1387\/2012). Era la primera vez que esta instituci\u00f3n se\npronunciaba sobre la discriminaci\u00f3n en el empleo y la posibilidad de combatirla\ncivilmente. En un fallo hist\u00f3rico, le dio la raz\u00f3n a Mariana en todo. S\u00ed: las\nempresas \u2014y no s\u00f3lo el Estado\u2014 ten\u00edan prohibido discriminar en el empleo. S\u00ed:\neso significa, entre otras cosas, que no pueden publicar anuncios\ndiscriminatorios. Ni por discapacidad, ni por ninguna otra raz\u00f3n similar (la\nedad, el sexo, la orientaci\u00f3n sexual, entre otras cosas). S\u00ed: estas empresas\npueden ser demandadas civilmente. Y s\u00ed: eso implica que se les puede llegar a\nimponer una sanci\u00f3n pecuniaria si discriminan.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Gracias a Mariana, en otras palabras, hoy contamos no s\u00f3lo\ncon el CONAPRED y la Ley Federal del Trabajo \u2014que se reform\u00f3 en el 2012\u2014 para\ncombatir la discriminaci\u00f3n en el empleo, sino tambi\u00e9n la v\u00eda civil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una de las cosas que m\u00e1s me impresiona de la desigualdad y\nla injusticia es c\u00f3mo est\u00e1n, muchas veces, tan normalizadas que hasta las\ndejamos de ver. La otra es que, cuando s\u00ed las vemos, nos acompa\u00f1a un\nsentimiento de futilidad. Esta idea de que no hay nada que se pueda hacer\nporque las cosas simplemente \u00abas\u00ed son\u00bb. Mariana se enfrent\u00f3 a estas\ninjusticias cotidianas y decidi\u00f3 denunciar ante el aparato judicial. M\u00e1s a\u00fan:\nutiliz\u00f3 un recurso que, hasta donde s\u00e9, jam\u00e1s hab\u00eda sido utilizado para combatir\nla discriminaci\u00f3n: el juicio por da\u00f1o moral que permite \u2014en teor\u00eda\u2014 demandar a\nlas empresas econ\u00f3micamente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Platiqu\u00e9 con ella\nsobre la importancia del caso.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>VICE:<\/em> \u00bf<strong>C\u00f3mo fue para ti el proceso de denunciar\nesta injusticia? \u00bfQu\u00e9 te hizo decidir apostarle a esta v\u00eda? \u00bfQu\u00e9 te permiti\u00f3\n\u201caguantar vara\u201d durante los m\u00e1s de siete a\u00f1os que tard\u00f3 tu caso en llegar hasta\nla Suprema Corte?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Mariana D\u00edaz:<\/em> Creo\nque precisamente fue el coraje, la frustraci\u00f3n y la tristeza de ver que en las\nofertas de trabajo \u201cno contemplaban personas con discapacidad\u201d por lo que\ndecid\u00ed no quedarme con los brazos cruzados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Recuerdo que la primera vez que vi el anuncio me sent\u00ed muy\ntriste y pens\u00e9 que de nada val\u00edan mis desveladas y todo el estudio porque al\nfinal del d\u00eda nadie me contratar\u00eda precisamente por la discapacidad. Me dio\nmucho miedo no encontrar trabajo. Unos d\u00edas despu\u00e9s, lo platiqu\u00e9 con una\nmaestra, que ahora es una gran amiga, y ella me hizo ver que si yo que\nestudiaba derecho y que ten\u00eda herramientas con las que sab\u00eda que se pod\u00eda combatir\nla discriminaci\u00f3n no las utilizaba, dif\u00edcilmente alguien m\u00e1s lo har\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed que, primero met\u00ed una queja ante la CONAPRED; pero como\nlas resoluciones de ese organismo no eran obligatorias, decid\u00ed, junto con mi\nabogado, que lo mejor ser\u00eda llevar el asunto ante tribunales para que en caso\nde ganar se pudiera obligar jur\u00eddicamente a la empresa a pagar (porque es una\nmanera de desincentivar a la empresa de realizar otros actos discriminatorios).\nMi intenci\u00f3n, adem\u00e1s, era crear un precedente, poner un granito de arena para\ngenerar herramientas que ayudaran a impedir que lo que viv\u00ed se repita en otros\ncasos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como abogada sab\u00eda que con el precedente las personas que se\nenfrentaran a una situaci\u00f3n similar no tendr\u00edan que esperar a\u00f1os para que se\nreconociera que fueron v\u00edctimas de un acto discriminatorio, pues haciendo\nreferencia a mi caso podr\u00edan demostrar que la Suprema Corte ya ha reconocido\nque cualquier empresa o persona puede ser responsable en este tipo de actos. En\nconcreto: que las ofertas de trabajo no pueden ser discriminatorias, que su\nmera publicaci\u00f3n genera un da\u00f1o y que, por lo tanto, no es necesario que una\npersona se presente f\u00edsicamente a solicitar el empleo, pues obligarla a ello\ngenerar\u00eda una revictimizaci\u00f3n, ya que desde un inicio se le impide participar\nen el proceso de selecci\u00f3n en igualdad de condiciones con los dem\u00e1s aspirantes\npara demostrar si cuentan o no con los conocimientos requeridos, debiendo ser\neste \u00faltimo aspecto el determinante para su contrataci\u00f3n y no lo relativo a la\ndiscapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Tu denuncia, desde mi\nperspectiva, es importante al menos por dos razones. Por una parte, pone el\nfoco en lo discriminatorio que es el trabajo y c\u00f3mo esta discriminaci\u00f3n se\nmanifiesta en peque\u00f1eces como los anuncios de trabajo. Pero, por otra, pone el\nfoco en la discriminaci\u00f3n espec\u00edfica que viven las personas con discapacidad.\nDe acuerdo con el Censo de Poblaci\u00f3n y Vivienda 2010, la tasa de participaci\u00f3n\necon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n con discapacidad es del 29.9 por ciento, n\u00famero\nconsiderablemente bajo si se compara con el de las personas sin discapacidad,\nque es del 53.7 por ciento. Queda claro que existe una exclusi\u00f3n laboral que no\nse explica simplemente con la existencia de anuncios discriminatorios. \u00bfCu\u00e1les\nson algunas de las formas en las que ocurre esta exclusi\u00f3n del trabajo a las\nque deber\u00edamos prestarle atenci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tienes toda la raz\u00f3n, la discriminaci\u00f3n en el empleo de las\npersonas con discapacidad es un problema grave en nuestro pa\u00eds que, en primer\nlugar, se vincula con las barreras para hacer efectivo el derecho a la\neducaci\u00f3n. Las personas con discapacidad no tienen el derecho a la educaci\u00f3n\ngarantizado plenamente; algo que afecta despu\u00e9s las posibilidades que tienen de\nacceder a un trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ya en el trabajo, la discriminaci\u00f3n se puede manifestar de\nm\u00faltiples maneras. Por ejemplo, durante el periodo de contrataci\u00f3n cuando en la\nselecci\u00f3n existen estereotipos basados en la discapacidad o cuando durante la\nselecci\u00f3n no se realizan los ajustes razonables necesarios que permitan a todos\nlos aspirantes competir en igualdad de condiciones para obtener un puesto. El\nejemplo m\u00e1s obvio son las oficinas que no permiten el paso de una persona en\nsilla de ruedas. \u00bfC\u00f3mo va a poder trabajar ah\u00ed si ni siquiera puede ingresar al\nlugar?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante la relaci\u00f3n laboral, la discriminaci\u00f3n puede ocurrir\ntambi\u00e9n cuando no se hacen los ajustes razonables para que la persona pueda\nhacer el trabajo o cuando se le asignan labores estereotipadas. Por ejemplo:\npara algunas personas que est\u00e1n en el espectro autista, ajustar la luz o el\nvolumen puede ser importante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la conclusi\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral, cuando por ejemplo\nse despide a una persona que por un accidente de trabajo se enfrenta a una\nsituaci\u00f3n de discapacidad o alguien que es despedido por tener un familiar con\ndiscapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Relacionado con lo\nanterior: M\u00e9xico ratific\u00f3 la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de Personas con\nDiscapacidad de la ONU. Uno de los puntos m\u00e1s importantes de este tratado\ninternacional es que nos obliga entender la discapacidad desde el \u201cmodelo\nsocial\u201d y no, por ejemplo, desde una perspectiva \u201cm\u00e9dica\u201d. \u00bfQu\u00e9 quiere decir\nesto?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este es un punto muy importante. Hist\u00f3ricamente se ha\nentendido la discapacidad desde el modelo m\u00e9dico, lo que implica\nconceptualizarla como un \u201cproblema\u201d, como sin\u00f3nimo de \u201cenfermedad\u201d. Este modelo\nse enfoca en las \u201cdeficiencias\u201d, su objetivo central es tratar de \u201cnormalizar\u201d\na la persona para incluirla en la sociedad, teniendo un corte de car\u00e1cter\nasistencial, en donde las personas con discapacidad ocupan el papel de v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El modelo social, por su parte, plantea que las causas que\noriginan la discapacidad son principalmente sociales, lo cual significa que la\ndiscapacidad no radica en las condiciones particulares del individuo, sino en\nque la sociedad no prev\u00e9 los servicios adecuados ni toma en cuenta la\ndiversidad de la poblaci\u00f3n. Esto implica, por un lado, que no son las personas\ncon discapacidad las que deben adaptarse a su entorno, sino, por el contrario,\nes la sociedad quien debe acomodar sus estructuras y eliminar las barreras que\nlimitan su inclusi\u00f3n. Otra consecuencia de este modelo es que, al existir una\nigualdad en cuanto a la dignidad de refiere, las personas con discapacidad no\npueden ser tratadas como un mero objeto asistencial, sino que deben ser vistas\ncomo sujetos de derechos y obligaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>A diez a\u00f1os de tu\ndenuncia, decidiste fundar, junto con Alejandra N\u00fa\u00f1ez, la organizaci\u00f3n\nTransversal. Ustedes trabajan utilizando un enfoque interseccional, lo que\nincluye, por supuesto, el an\u00e1lisis de g\u00e9nero. \u00bfPor qu\u00e9 es importante hacer este\ncruce?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ale Donaj\u00ed y yo estamos convencidas que la situaci\u00f3n a la\nque se enfrentan las mujeres y ni\u00f1as con discapacidad tiene caracter\u00edsticas\nespec\u00edficas que no vive un hombre con discapacidad o una mujer sin\ndiscapacidad. El ejemplo m\u00e1s obvio de esto son las pr\u00e1cticas de esterilizaci\u00f3n\nforzadas que seguimos viendo en el pa\u00eds (y otras partes del mundo) de mujeres\ncon discapacidad, algo que no se ve con tanta frecuencia en los hombres con\ndiscapacidad, ni en las mujeres sin discapacidad. Esta violaci\u00f3n a sus derechos\nreproductivos no puede explicarse solo viendo a la discapacidad, sino que es\ntambi\u00e9n necesario ver el g\u00e9nero. Por esto consideramos indispensable trabajar\nen hacer visible la situaci\u00f3n espec\u00edfica de las mujeres con discapacidad,\nrealizar estudios sobre el tema y proponer soluciones integrales que, entre\notros aspectos contemplen el dise\u00f1o de leyes y pol\u00edticas p\u00fablicas que de manera\nconjunta y transversal aborden tanto la perspectiva de discapacidad como la de\ng\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ya empez\u00f3 el proceso electoral en el pa\u00eds, en el que se van\na disputar m\u00e1s de dos mil cargos p\u00fablicos. Para ti, \u00bfqu\u00e9 se les deber\u00eda exigir\na los partidos pol\u00edticos y a los y las candidatas en esta materia? \u00bfCu\u00e1les son\nlos issues m\u00e1s importantes a los que tendr\u00edamos que poner atenci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ser\u00eda interesante revisar si las plataformas electorales\ncontemplan o no el tema de los derechos de las personas con discapacidad y,\nsobre todo, verificar con qu\u00e9 enfoque lo abordan, pues, generalmente, si se\nllega a tocar el tema en las campa\u00f1as se hace desde una perspectiva\nasistencialista que en nada ayuda para hacer efectivos los derechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al respecto, ser\u00eda recomendable tener ojo cr\u00edtico en\nrelaci\u00f3n con las posibles propuestas y verificar si se cuenta con\nplanteamientos que desde el modelo social propongan soluciones en accesibilidad\nurban\u00edstica, educaci\u00f3n, trabajo, vida independiente, entre otros temas, tomando\nen cuenta la perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SEM\/VICE<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00abPens\u00e9 que de nada val\u00edan mis desveladas y todo el estudio porque al final del d\u00eda nadie me contratar\u00eda por mi discapacidad\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":10479,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[690,54],"tags":[],"class_list":["post-10478","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-690","category-mujeres"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10478","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10478"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10478\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10479"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10478"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10478"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10478"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}