{"id":102919,"date":"2026-02-23T17:37:21","date_gmt":"2026-02-23T23:37:21","guid":{"rendered":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/?p=102919"},"modified":"2026-02-23T17:37:22","modified_gmt":"2026-02-23T23:37:22","slug":"la-opinion-la-polemica-acerca-de-las-cuarenta-horas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redsemlac.com\/semmexico\/la-opinion-la-polemica-acerca-de-las-cuarenta-horas\/","title":{"rendered":"La opini\u00f3n| La pol\u00e9mica acerca de las cuarenta horas"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sa\u00fal Escobar Toledo<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 23 de febrero, 2026.- La reforma constitucional del art\u00edculo 123 ha sido aprobada en el Senado y pronto ser\u00e1 discutida y seguramente tendr\u00e1 luz verde, sin modificaciones, en la C\u00e1mara de Diputados. Pasar\u00e1 entonces a los congresos estatales los cuales tambi\u00e9n la votar\u00e1n favorablemente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma consiste en varios cambios: reduce la jornada semanal \u201cordinaria\u201d a 40 horas; aumenta el \u201ctrabajo extraordinario\u201d a doce horas (en lugar de las nueve vigentes) las cuales se pagar\u00e1n un cien por ciento m\u00e1s que las horas ordinarias; y proh\u00edbe que las personas menores de 18 a\u00f1os (en lugar de 16) laboren tiempo extra. A\u00f1ade, como obligaci\u00f3n patronal, el registro electr\u00f3nico de la jornada laboral para cada persona trabajadora. Finalmente, establece la reducci\u00f3n gradual de la jornada semanal, cada dos a\u00f1os, a partir de 2027 hasta 2030.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma ha causado pol\u00e9mica entre sindicalistas, abogados laboralistas y acad\u00e9micos que se ocupan de estos asuntos debido, en primer lugar, a que deja sin cambios la jornada semanal de seis d\u00edas con uno de descanso. Se esperaba que la reforma contemplara cinco d\u00edas laborables y dos de descanso. Mantener los seis d\u00edas implica que los gastos para trasladarse al centro de trabajo seguir\u00e1n pesando en los ingresos de los trabajadores y que no gozar\u00e1n de m\u00e1s tiempo para el descanso y el disfrute de actividades culturales, deportivas, y familiares.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No cabe duda de que, mantener la semana laboral de seis d\u00edas, fue una concesi\u00f3n a la patronal. El gobierno podr\u00e1 aducir diversas razones para defender la reforma \u201cposible\u201d argumentado los problemas actuales de la econom\u00eda y la necesidad de contar con el visto bueno de los empresarios. Sin embargo, es entendible y motivo de aplauso que muchos sindicatos manifiesten su disgusto y mantengan la demanda de 5 x 2. No s\u00f3lo por el bienestar de los trabajadores; igualmente porque de esta manera se podr\u00eda avanzar m\u00e1s r\u00e1pidamente hacia una econom\u00eda con niveles de productividad m\u00e1s elevados que incorporen los avances tecnol\u00f3gicos para el bien de la sociedad y no, \u00fanicamente, para aumentar las ganancias de las empresas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero la pol\u00e9mica no termina aqu\u00ed. Otro motivo de disgusto ha sido la extensi\u00f3n de las horas extras que se pagan al doble de 9 a 12, pues evidentemente se est\u00e1 abaratando el tiempo extra. Con los datos aportados por la Secretar\u00eda del Trabajo, puede calcularse que el ahorro para los empresarios, gracias a esta rebaja del tiempo extra, ser\u00e1 de m\u00e1s de 8% mensual. Es una muestra m\u00e1s de las \u201ccompensaciones\u201d que pudo arrancar la parte patronal. La reducci\u00f3n de la jornada se aten\u00faa, pues sumando la jornada ordinaria y la extraordinaria da un total de 52 horas (40+12), mientras que hasta ahora la suma da 57 (48 + 9).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El gobierno argumenta que, si el trabajador no acepta laborar horas extras, podr\u00e1 descansar m\u00e1s tiempo. El problema es que la reforma le da argumentos a la patronal para alargar la jornada m\u00e1s all\u00e1 de las 40 horas de tal manera que los trabajadores se ver\u00e1n obligados o, si se quiere, mejor dispuestos, a cambiar su tiempo libre por dinero. Es decir, a reducir sus horas de descanso para obtener m\u00e1s ingresos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La discusi\u00f3n no terminar\u00e1 con la reforma constitucional. En un par de meses o un poco m\u00e1s se discutir\u00e1n las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Y la pol\u00e9mica se avivar\u00e1. La propuesta del Poder Ejecutivo trae dos cuestiones que, de acuerdo con la opini\u00f3n de los abogados laboralistas, son muy cuestionables. Por un lado, define la jornada laboral como \u201cel tiempo durante el cual la persona trabajadora <strong>desarrolla actividades<\/strong> subordinadas en favor de la persona empleadora\u201d en lugar del texto actual: \u201cJornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador est\u00e1 a disposici\u00f3n del patr\u00f3n\u2026\u201d. Por otro, define al empleador como aquella \u201cpersona f\u00edsica o moral que <strong>contrata<\/strong> a una o m\u00e1s personas\u2026\u201d en lugar de lo que reza actualmente la LFT, como \u201cla persona f\u00edsica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No se trata de tecnicismos jur\u00eddicos pues en el primer caso, el tiempo de la jornada laboral pagada pude reducirse por razones ajenas al trabajador, por ejemplo, en las f\u00e1bricas, por un retraso en el inicio de labores por falta de energ\u00eda el\u00e9ctrica o por problemas t\u00e9cnicos; en las empresas que ofrecen servicios al p\u00fablico, por abrir tarde o, incluso, no tener clientes que atender. Si prospera la iniciativa, este tipo de incidentes podr\u00edan descontarse del tiempo que el trabajador est\u00e1 al servicio del patr\u00f3n y reducir su salario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el segundo aspecto, se podr\u00eda presumir que, si no hay contrato escrito, no existe la relaci\u00f3n laboral. Y con ello se perder\u00edan los derechos que consagra la LFT. Contradice, adem\u00e1s, otros art\u00edculos de la ley, y puede encubrir la subcontrataci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ambas redacciones tienen una clara inspiraci\u00f3n patronal. El gobierno, \u00bflas acept\u00f3 sin estudiarlas detenidamente, o fueron parte de las negociaciones? Como quiera que haya sido, los legisladores tendr\u00e1n que decidir de qu\u00e9 lado se inclinan. Lo cierto es que estos dos asuntos, si se aprueban tal cual est\u00e1n redactados, provocar\u00edan una involuci\u00f3n del derecho laboral y una fuente de conflictos en los tribunales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma constitucional reci\u00e9n aprobada no fij\u00f3 un l\u00edmite para la jornada semanal cuando se \u201cprolonga\u201d m\u00e1s de las 12 horas, \u00fanicamente establece que \u201cobliga a la persona empleadora a pagar doscientos por ciento m\u00e1s del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria\u201d Actualmente, la ley vigente tampoco contempla un tope para esta jornada \u201cprolongada\u201d. Ahora, el Ejecutivo propone una enmienda en la LFT que disponga cuatro horas semanales m\u00e1s como m\u00e1ximo, con los cual la jornada semanal podr\u00eda acumular hasta 56 horas (40+12+4). Igualmente, se\u00f1ala que \u201cla suma de la jornada ordinaria y la extraordinaria nunca podr\u00e1 superar las 12 horas diarias\u201d. En ambos casos se trata de cantidades muy elevadas y otorga mayor flexibilidad a los empresarios para manejar las horas extras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tomadas en su conjunto, todos estos <em>goles<\/em> a favor de los patrones dejan la impresi\u00f3n de que se aceptaron demasiadas concesiones. Sin embargo, hay que admitir que la movilizaci\u00f3n de los trabajadores fue escasa. No presenciamos grandes marchas o m\u00edtines nutridos por el reclamo de las 40 horas. Los sindicatos corporativos simplemente esperaron la conclusi\u00f3n de los arreglos del gobierno con los empresarios, aceptando, sin conceder, pero sin pelear, que el resultado ser\u00eda mejor que lo que dispone la ley actualmente. &nbsp;Por su parte, el sindicalismo independiente y democr\u00e1tico tampoco despleg\u00f3 su mejor esfuerzo, probablemente porque pens\u00f3 que no incidir\u00eda de manera determinante en la correlaci\u00f3n de fuerzas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta manera, el gobierno, a pesar de contar con mayor\u00edas en ambas c\u00e1maras prefiri\u00f3 una reforma pactada que incluyera las concesiones que hoy observamos calculando que el descontento sindical no ser\u00eda considerable. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, los legisladores no pueden ser indiferentes ante la irritaci\u00f3n de un conjunto de sindicatos y sindicalistas. Esperemos que en el debate de las reformas a la LFT escuchen y reflexionen acerca de los aspectos m\u00e1s negativos. Tal como se han presentado las iniciativas, se empeque\u00f1ece el prop\u00f3sito central anunciado por el gobierno: la reducci\u00f3n de la fatiga y accidentes laborales, la mejor\u00eda en salud y seguridad en el trabajo y un mayor equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral. Asimismo, que los trabajadores mexicanos dejen de laborar uno de los promedios de horas m\u00e1s altos del mundo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La pol\u00e9mica que se ha desatado, sobre todo en los corrillos de algunos sindicatos, abogados y acad\u00e9micos no es gratuita ni pretende desconocer los aspectos positivos de las reformas. Pero estas voces tienen que subir de tono y el gobierno y los legisladores tienen que entender que estamos ante un cambio que, por lo menos, tendr\u00e1 un impacto hasta el 2030. No hay espacio para dejar las cosas para ma\u00f1ana. De otra manera, la situaci\u00f3n de los trabajadores cambiar\u00e1 muy poco e incluso hay el riesgo de que empeore.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">saulescobar.blogspot.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sa\u00fal Escobar Toledo SemM\u00e9xico, Ciudad de M\u00e9xico, 23 de febrero, 2026.- La reforma constitucional del art\u00edculo 123 ha sido aprobada en el Senado y pronto ser\u00e1 discutida y seguramente tendr\u00e1 luz verde, sin modificaciones, en la C\u00e1mara de Diputados. Pasar\u00e1 entonces a los congresos estatales los cuales tambi\u00e9n la votar\u00e1n favorablemente. 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